Consejería De Educación Y Empleo. Acuerdos Administración-sindicatos. (2023061426)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Pacto para mejora de las condiciones laborales del personal del Servicio Extremeño de Salud en relación a las líneas incluidas en el Plan de ordenación de recursos humanos".
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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establecidas por el Gobierno referentes a la jubilación activa mejorada regulada en el
artículo 83 del Real Decreto Ley 20/2022 de 27 de diciembre.
4. Exención de guardias y noches en el turno rotatorio para profesionales mayores de 55 años.
El trabajo desempeñado en el ámbito sanitario tiene un componente reconocido de penosidad por la necesidad de establecer turnos y jornadas de atención continuada al objeto de
garantizar la asistencia sanitaria permanente 24 horas los 365 días del año y, consecuentemente, la obligación de muchos profesionales de realizar turnos en noches y festivos.
Al efecto de poder paliar esta condición de penosidad, se hace necesario abordar la posibilidad de excluir a los y las profesionales mayores de 55 años de esta obligación, y
compaginarlo con las necesidades de incremento de personal que fuera necesario, aspecto
este último que a considerar en el estudio de necesidades de plantilla horizonte. Por tanto,
es obligatorio incluir este aspecto entre las medidas a valorar por la mesa técnica para el
desarrollo de las plantillas horizonte creada al efecto.
Junto a lo anterior, será necesario negociar también medidas compensatorias respecto a
la pérdida de poder adquisitivo que pudiera conllevar su aplicación, así como los requisitos
previos de permanencia en estos turnos que deben reunir los/as profesionales para acogerse a esta medida y la forma gradual en que se llevará a efecto la misma.
Entre tanto se conformen los compromisos adquiridos por las conclusiones del mencionado
grupo de trabajo, se incrementarán las retribuciones del componente de nocturnidad, festivos y la hora de atención continuada a todo el personal del Servicio Extremeño de Salud
que lo realice, en un 10% en un periodo de dos años, comenzando en el mes de marzo del
presente año con la aplicación del primer 5% y en enero del 2024 el restante 5%.
Por otra parte, y siendo conscientes de la realidad de que el valor asignado a la hora de atención continuada de nuestros médicos/as, facultativos y enfermeros/as está por debajo de la
media de España, se acuerda una subida de ésta a la citada media del valor hora de las 3
comunidades limítrofes en días laborables, festivos y festivos especiales, incluyendo en estos
últimos y, a solo a los efectos de la jornada complementaria, los días 5 y 6 de enero.
En dos años, 2023 y 2024, la equiparación se alcanzará para los días laborables y festivos
especiales y en 2025, será la equiparación total para los festivos.
A partir de 2024 habrá una revisión anual del valor hora de atención continuada adecuando
la misma a la media de las 3 comunidades limítrofes en relación con los días laborables y
festivos especiales con efectos retroactivos a 1 de enero de cada año y a partir del 2025
esta revisión anual también se extenderá a los días festivos.