Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061409)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Arranque de jaras y cambio de suelo forestal a pastos", en los términos municipales de Don Benito y Manchita (Badajoz), cuyo promotor es Leopoldo Gómez-Coronado Fernández. Expte.: IA22/0110.
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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Tanto en el documento ambiental aportado como en el presente informe se consideran
una serie de medidas preventivas y correctoras, consistentes en la limitación de ciertas
metodologías de ejecución en las zonas de mayor pendiente y/o cercanas a los cauces,
para eliminar o, en su caso, mitigar los impactos ambientales mencionados sobre el
factor suelo, consiguiendo que éstos no sean considerados significativos.
Asimismo, en la fase de explotación, el aporte de sustancias agroquímicas mediante
la aportación de fertilizantes y fitosanitarios a las nuevas zonas de cultivo, provocará
cambios en las características fisicoquímicas de los suelos a largo plazo. Siguiendo las
recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias y las medidas incorporadas al presente informe, se estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.


C.2.4. Fauna.

En cuanto a este factor el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas de Extremadura, indica que entre los valores naturales reconocidos
en los Planes de Gestión Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad se encuentran comunidades de aves forestales
y de aves esteparias. La finca supone un área de campeo y alimentación de diferentes
especies de aves forestales como buitre leonado, águila real, alimoches, etc. En cuanto
a aves esteparias, están las colonias de cernícalo primilla situadas en un radio de 10
kms, así como zonas de alimentación a menos de 4 kms de distancia.
Se ha tenido en cuenta lo establecido en el Plan de Conservación del Hábitat del Águila
Perdicera (Aquila fasciata) en Extremadura (Orden de 25 de mayo de 2015 del DOE N.º
107 y su modificación Orden de 13 de abril de 2016 del DOE N.º 77).
Los impactos generados tanto en la fase de construcción (molestias por ruidos, emisión de polvo, circulación de maquinaria y vehículos, posibles vertidos) como en la fase
de explotación (aplicación de productos agroquímicos, molestias derivadas del uso de
maquinaria agrícola, posibles vertidos, contaminación difusa) podrán ser mitigados y
considerados compatibles siempre y cuando se cumplan las medidas establecidas al
efecto tanto en el presente informe como las indicadas en el documento ambiental.


C.2.5. Vegetación y hábitats naturales.

A este respecto, se indica en el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de Extremadura que, como valor natural reconocido en la Ley
42/2007, de 13 de diciembre de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se encuentran
los hábitats naturales de interés comunitario de dehesas (6310) y encinares (9340). El
primero se corresponde con dehesas perennifolias de Quercus sp., formaciones arbó-