Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061421)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de un recurso de la Sección A) denominado Casatejada ZP-20, en el término municipal de Casatejada. Expte.: IA21/0740.
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023
26576
etc.), especialmente en caso de que se trate de residuos peligrosos (hidrocarburos, filtros de la maquinaria, etc.).
17.2. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Todos los residuos
clasificados como peligrosos deberán gestionarse en instalaciones adecuadas a su
naturaleza. En caso de vertido accidental se procederá a su inertización, limpieza
y recogida, incluida la parte de suelo afectada.
17.3. Los aceites usados y residuos de maquinaria, así como cualquier otro residuo
tóxico y peligroso que pueda generarse, se almacenarán en bidones apropiados
en un lugar controlado, en contenedores estancos y cerrados, hasta que sean
retirados por un gestor autorizado por la Dirección General de Sostenibilidad. No
se permitirá la incineración de cualquier tipo de residuo dentro de la explotación.
17.4. Se pondrá especial cuidado en el manejo de lubricantes y sustancias tóxicas, con
el fin de evitar vertidos y escapes accidentales. Únicamente podrán utilizarse
sustancias homologadas, siguiendo en todo momento las instrucciones de uso y
mantenimiento del fabricante.
17.5. Los restos y residuos de los trabajos los forestales que hayan de realizarse, deberán ser eliminados en la misma campaña, mediante apilado en caminos, claros.
17.6. Los restos y residuos de los trabajos los forestales que hayan de realizarse, en su
caso, deberán ser tratados según lo establecido en el Plan INFOEX.
18. Medidas de protección del Patrimonio arqueológico:
El proyecto no presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido. Deberán
excluirse de la obra, estableciendo un perímetro de protección de 100 m, los elementos
patrimoniales de la Ermita de las Angustias, la Cruz de las Angustias y la Laguna de las
Angustias, así como la protección del tramo del “Cordel Real de Plasencia”.
No obstante, como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado que pudiera verse afectado por las labores referidas, será obligatorio
un control y seguimiento por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de
tierra en cotas bajo rasante natural, de tal modo que el control arqueológico sea permanente y a pie de obra, extensivo a todos los trabajos, de tal modo que sea inmediata la
intervención arqueológica en la obra, de confirmarse la existencia de restos u objetos
arqueológicos afectables, con paralización inmediata de la zona de afección, toma de
las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicación del descubri-
Lunes 24 de abril de 2023
26576
etc.), especialmente en caso de que se trate de residuos peligrosos (hidrocarburos, filtros de la maquinaria, etc.).
17.2. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Todos los residuos
clasificados como peligrosos deberán gestionarse en instalaciones adecuadas a su
naturaleza. En caso de vertido accidental se procederá a su inertización, limpieza
y recogida, incluida la parte de suelo afectada.
17.3. Los aceites usados y residuos de maquinaria, así como cualquier otro residuo
tóxico y peligroso que pueda generarse, se almacenarán en bidones apropiados
en un lugar controlado, en contenedores estancos y cerrados, hasta que sean
retirados por un gestor autorizado por la Dirección General de Sostenibilidad. No
se permitirá la incineración de cualquier tipo de residuo dentro de la explotación.
17.4. Se pondrá especial cuidado en el manejo de lubricantes y sustancias tóxicas, con
el fin de evitar vertidos y escapes accidentales. Únicamente podrán utilizarse
sustancias homologadas, siguiendo en todo momento las instrucciones de uso y
mantenimiento del fabricante.
17.5. Los restos y residuos de los trabajos los forestales que hayan de realizarse, deberán ser eliminados en la misma campaña, mediante apilado en caminos, claros.
17.6. Los restos y residuos de los trabajos los forestales que hayan de realizarse, en su
caso, deberán ser tratados según lo establecido en el Plan INFOEX.
18. Medidas de protección del Patrimonio arqueológico:
El proyecto no presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido. Deberán
excluirse de la obra, estableciendo un perímetro de protección de 100 m, los elementos
patrimoniales de la Ermita de las Angustias, la Cruz de las Angustias y la Laguna de las
Angustias, así como la protección del tramo del “Cordel Real de Plasencia”.
No obstante, como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado que pudiera verse afectado por las labores referidas, será obligatorio
un control y seguimiento por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de
tierra en cotas bajo rasante natural, de tal modo que el control arqueológico sea permanente y a pie de obra, extensivo a todos los trabajos, de tal modo que sea inmediata la
intervención arqueológica en la obra, de confirmarse la existencia de restos u objetos
arqueológicos afectables, con paralización inmediata de la zona de afección, toma de
las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicación del descubri-