Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2023AC0014)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de subsanación de error material en el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 36 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Valencia de Alcántara (SOL-002), consistente en modificar las condiciones objetivas determinantes para la apreciación de la existencia de riesgo de formación de núcleo de población en el suelo no urbanizable (AD. 30/01/2020-DOE 02/06/2020).
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

26408



• Equipamientos Comunitarios y Servicios Técnicos: 10 m.



• Servicios Terciarios de Hostelería y Turismo, Campamento de Turismo, Adecuaciones
Recreativas, Parque Rural y Adecuaciones para usos didácticos y científicos: 10 m.

Artículo 277. Régimen particular de usos.
Con las condiciones y requisitos que correspondan para cara uso recogido en el Capítulo IV,
se considera como:
1. Usos autorizables:


— Agricultura: se autorizan nuevos usos agrícolas que por sus particulares características y situación, no entren en contradicción con los valores forestales.

— Forestal: se permite la explotación forestal, tanto en zonas de bosque autóctono,
como en zonas de dehesas y repoblación. Las talas no podrán implicar la transformación del uso forestal del suelo.


— Ganadería extensiva e intensiva, en este último caso se deberá garantizar la inserción de la edificación en el paisaje.



— Construcciones e instalaciones destinadas a explotaciones agrícolas.



— Construcción e instalaciones vinculadas a la ejecución, entretenimiento y servicio de
las obras públicas.



— Actividades de carácter infraestructural.



— Vivienda familiar en sus dos categorías, agraria y no agraria, con las siguientes condiciones:



• Parcela mínima: 10 Ha.



• Superficie edificable: 300 m².



• Distancia mínima a otra vivienda: Libre.



— Industrias vinculadas al medio rural.



— Industrias: extractivas en sus dos categorías, canteras y extracciones de áridos y
actividades mineras.