Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0013)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Aceuchal (PGM).
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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to medio dos unidades de una misma área. Se identifican mediante las siglas AR/SU- n.º, en
los planos de Ordenación Estructural OE-3.
Artículo 3.5.1.7. Organización temporal, secuencia y orden básico para la
programación de la gestión, en suelo urbano
El P.G.M., no establece fechas o periodos para la programación de las unidades de actuación
en s. urbano, por no precisar su ejecución de una ordenación de secuencia temporal o espacial, ya que están anexas al núcleo urbano y se pueden conectar independientemente a las
redes de servicios existentes.
Artículo 3.5.1.8. Gestión del suelo urbanizable.
Los distintos sectores que componen el suelo urbanizable delimitado en el Plan, se identifican
mediante las siglas SUB, seguidas del número de orden del sector (SUB-n.º). En todos los
sectores del SUB, la edificabilidad máxima será de 0,7 m2/m2. Y se cumplirán las determinaciones del artículo 74 de la LSOTEX para el suelo urbanizable en municipios de población
inferior a 20.000 habitantes y las del artículo 28 del RP. El porcentaje de aprovechamiento
objetivo destinado a suelo para viviendas de protección pública y la proporción de los distintos
tipos de estas, será el vigente en el momento de la aprobación de los programas de ejecución
para el desarrollo de las actuaciones.
Las unidades de actuación urbanizadora se identifican mediante las siglas UA/SUB, seguidas
del número de orden de la unidad (UA/SUB-n.º).
El señalamiento indicativo del perímetro geométrico de cada uno de los sectores y unidades
de actuación urbanizadora del suelo urbanizable se contiene en el plano de Ordenación Estructural OE-3 y tendrá carácter estructural, pudiendo ajustase en el Programa de Ejecución.
Artículo 3.5.1.9. Áreas de reparto en suelo urbanizable
Las áreas de reparto del suelo urbanizable vienen constituidas por los sectores delimitados
según el uso global residencial o industrial, con similar superficie y situación urbanística.
El Plan General no prevé la adscripción de sistemas generales a los sectores de suelo urbanizable, si vincula completar la urbanización necesaria para el enlace a los viales exteriores
existentes a los quedan frente, a ejecutar como obras públicas ordinarias.
Las distintas áreas de reparto se identifican con las siglas AR/SUB-n.º, reflejándose la delimitación de cada una en los planos de Ordenación Estructural OE-3.