Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0013)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Aceuchal (PGM).
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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en su totalidad por la Administración pública, y cuyo objeto es en general la ejecución
o mejora de elementos de las redes básica o pormenorizada correspondientes a comunicación, equipamientos, espacios libres o infraestructuras.
El planeamiento general indica las actuaciones aisladas gráficamente en el Plano OE-3.
Identificándolas como AA-n.º
— Actuaciones de urbanización ejecutadas mediante obras públicas ordinarias (OPO-n.º)
Son aquellas actuaciones urbanísticas sin incremento del aprovechamiento, que tienen
por objeto completar la urbanización de viales existentes en suelos urbanos y para cuya
ejecución no se considera precisa ni conveniente la delimitación de unidades de actuación urbanizadora, cuya ejecución se lleva a cabo mediante obras públicas ordinarias,
según lo previsto en el artículo 155 de la LSOTEX.
El perímetro indicativo y localización de estas actuaciones será el marcado en los planos
de Ordenación OE-3, Identificándolas como OPO-n.º, indicando las condiciones particulares de ordenación estructural de cada una de ellas en las fichas que se contienen en
la Sección siguiente de este Capítulo, y las de ordenación detallada en las fichas que se
contienen en el Capítulo de gestión en la ordenación detallada de estas Normas.
En general, la obtención del suelo necesario para completar viarios, se realizará mediante cesión, en virtud, en su caso, de reparcelación o convenio y por expropiación
cuando se trate de implantar dotaciones públicas sin que se derive un aumento de la
edificabilidad existente.
EL PGM delimita siete ámbitos de actuación en suelo urbano con el único objeto de completar su urbanización para ejecutar como actuaciones de urbanización mediante obras
públicas ordinarias.
— Actuaciones de ordenación ejecutadas a través de Unidades de Actuación Urbanizadora.
La ejecución del planeamiento en suelo urbano no consolidado se realizará por unidades
de actuación completas, salvo cuando se trate de ejecutar directamente los sistemas
generales o algunos de sus elementos o de actuaciones en el suelo urbano definido
como continuo consolidado, de actuación directa.
La gestión del planeamiento y la ejecución de la urbanización en estos suelos urbanos
no consolidados se realizarán por ámbitos completos. El sistema de gestión preferente
será el de compensación.
Las unidades de actuación son las definidas en estas NU. y los planos de ordenación correspondientes, sin detrimento de que se puedan modificar o delimitarse otras nuevas.