Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0013)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Aceuchal (PGM).
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023
26240
Artículo 3.5.1.4. Sistemas de Actuación.
1. La ejecución del planeamiento en las unidades de actuación urbanizadoras delimitadas en
suelo urbanizable, se realizará de forma directa o indirecta mediante la aplicación de los
siguientes sistemas de actuación:
2. La ejecución del planeamiento en las unidades de ejecución delimitadas se realizará de
forma directa o indirecta mediante la aplicación de los siguientes sistemas de actuación:
a) En la forma de gestión directa:
— Cooperación
—
Expropiación
b) En la forma de gestión indirecta:
—
Compensación
—
Concertación
En cada unidad se aplicará el expresado en la NU., sin perjuicio de que se pueda
cambiar cuando las circunstancias lo justifiquen siguiendo el procedimiento previsto
en el artículo 126 de la LSOTEX, siendo necesaria la justificación de la adopción de
los sistemas de gestión directa.
3. En las unidades de ejecución que pudieran delimitarse posteriormente, no contempladas
en estas NU. el sistema de actuación se definirá conjuntamente con su delimitación, dando carácter preferente a los sistemas de obra pública ordinaria, compensación, concertación y cooperación, en este orden.
Artículo 3.5.1.5. Gestión del suelo urbano. Tipificación de actuaciones.
El conjunto de las actuaciones precisas para la ejecución de las previsiones del Plan General
Municipal en el suelo urbano y cuyo objeto es la ordenación de los nuevos suelos, la apertura
o rectificación de viales, la obtención de suelo para equipamientos, así como la recualificación
de espacios urbanos, mejora o ampliación de las infraestructuras se distribuye en los siguientes grupos, según las características de cada actuación:
— Actuaciones aisladas (AA-n.º)
Tienen este carácter el conjunto de las actuaciones de urbanización o de edificación para
cuya ejecución no es preciso la delimitación de un ámbito de gestión, por ser sufragadas
Lunes 24 de abril de 2023
26240
Artículo 3.5.1.4. Sistemas de Actuación.
1. La ejecución del planeamiento en las unidades de actuación urbanizadoras delimitadas en
suelo urbanizable, se realizará de forma directa o indirecta mediante la aplicación de los
siguientes sistemas de actuación:
2. La ejecución del planeamiento en las unidades de ejecución delimitadas se realizará de
forma directa o indirecta mediante la aplicación de los siguientes sistemas de actuación:
a) En la forma de gestión directa:
— Cooperación
—
Expropiación
b) En la forma de gestión indirecta:
—
Compensación
—
Concertación
En cada unidad se aplicará el expresado en la NU., sin perjuicio de que se pueda
cambiar cuando las circunstancias lo justifiquen siguiendo el procedimiento previsto
en el artículo 126 de la LSOTEX, siendo necesaria la justificación de la adopción de
los sistemas de gestión directa.
3. En las unidades de ejecución que pudieran delimitarse posteriormente, no contempladas
en estas NU. el sistema de actuación se definirá conjuntamente con su delimitación, dando carácter preferente a los sistemas de obra pública ordinaria, compensación, concertación y cooperación, en este orden.
Artículo 3.5.1.5. Gestión del suelo urbano. Tipificación de actuaciones.
El conjunto de las actuaciones precisas para la ejecución de las previsiones del Plan General
Municipal en el suelo urbano y cuyo objeto es la ordenación de los nuevos suelos, la apertura
o rectificación de viales, la obtención de suelo para equipamientos, así como la recualificación
de espacios urbanos, mejora o ampliación de las infraestructuras se distribuye en los siguientes grupos, según las características de cada actuación:
— Actuaciones aisladas (AA-n.º)
Tienen este carácter el conjunto de las actuaciones de urbanización o de edificación para
cuya ejecución no es preciso la delimitación de un ámbito de gestión, por ser sufragadas