Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0013)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Aceuchal (PGM).
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023
26222
bases orientativas y orden básico de prioridades para su ejecución. Estas bases en general
se consideran satisfecha cuando el sector tenga fijada la ordenación detallada en el PGM
y se apliquen las determinaciones para los PU que fijan esta UN y se cumpla el orden de
prioridades o temporal fijado en el PGM.
Cuando estén establecidas para el sector en el PGM las bases y criterios para la ejecución,
el desarrollo del sector se realizará por los mismos procedimientos que las unidades de
actuación en el suelo urbano
3. Los PP formarán parte de la alternativa técnica del programa de ejecución, se realizarán sobre unidades urbanísticas integradas, afectando a sectores completos de SUB considerando
como tales unidades los sectores que tengan resueltas, en adecuada correspondencia con
la estructura general y orgánica prevista por el Plan General, la dotación de servicios y
equipamiento suficientes para garantizar la satisfacción de las demandas propias de la población o de las actividades que en el ámbito de la actuación hayan de ubicarse, y las obras
de infraestructura necesarias para garantizar la inserción de las mismas en la ordenación
general en el momento de su puesta en servicio.
4. A tenor de lo dispuesto por el artículo 25 del RP, en los planos de ordenación a escala
1:1.000 se señalan los usos que, para cada área del SAU, pueden ser considerados como
compatibles con la estructura general de la ordenación urbanística, así como los sistemas
de dotaciones, servicios y equipamientos que deban establecerse en los PP.
5. E
n el Anexo correspondiente se recoge la ficha de determinaciones urbanísticas para la
unidad de SUB prevista
Artículo 3.3.1.2. Planes Parciales.
1. Los planes parciales deberán redactarse de acuerdo a lo previsto por el RP, artículos 52 al
62
2. Se establecen las siguientes condiciones complementarias para la redacción de los PP:
a) Los PP respetarán, en su diseño, la delimitación y ordenación estructural prevista en la
documentación gráfica a escala 1:1.000 que acompaña a el PGM.
b) Podrán admitirse pequeñas modificaciones derivadas de la existencia de una mayor información sobre el terreno, de una más exacta distribución de las superficies derivadas
del cambio de escala o de algún dato excepcional no contemplado en el PGM.
c) Cuando sea necesario proceder a este tipo de modificaciones, el Ayuntamiento habrá de
autorizarlas antes de admitir a trámite el proyecto de PP.
Lunes 24 de abril de 2023
26222
bases orientativas y orden básico de prioridades para su ejecución. Estas bases en general
se consideran satisfecha cuando el sector tenga fijada la ordenación detallada en el PGM
y se apliquen las determinaciones para los PU que fijan esta UN y se cumpla el orden de
prioridades o temporal fijado en el PGM.
Cuando estén establecidas para el sector en el PGM las bases y criterios para la ejecución,
el desarrollo del sector se realizará por los mismos procedimientos que las unidades de
actuación en el suelo urbano
3. Los PP formarán parte de la alternativa técnica del programa de ejecución, se realizarán sobre unidades urbanísticas integradas, afectando a sectores completos de SUB considerando
como tales unidades los sectores que tengan resueltas, en adecuada correspondencia con
la estructura general y orgánica prevista por el Plan General, la dotación de servicios y
equipamiento suficientes para garantizar la satisfacción de las demandas propias de la población o de las actividades que en el ámbito de la actuación hayan de ubicarse, y las obras
de infraestructura necesarias para garantizar la inserción de las mismas en la ordenación
general en el momento de su puesta en servicio.
4. A tenor de lo dispuesto por el artículo 25 del RP, en los planos de ordenación a escala
1:1.000 se señalan los usos que, para cada área del SAU, pueden ser considerados como
compatibles con la estructura general de la ordenación urbanística, así como los sistemas
de dotaciones, servicios y equipamientos que deban establecerse en los PP.
5. E
n el Anexo correspondiente se recoge la ficha de determinaciones urbanísticas para la
unidad de SUB prevista
Artículo 3.3.1.2. Planes Parciales.
1. Los planes parciales deberán redactarse de acuerdo a lo previsto por el RP, artículos 52 al
62
2. Se establecen las siguientes condiciones complementarias para la redacción de los PP:
a) Los PP respetarán, en su diseño, la delimitación y ordenación estructural prevista en la
documentación gráfica a escala 1:1.000 que acompaña a el PGM.
b) Podrán admitirse pequeñas modificaciones derivadas de la existencia de una mayor información sobre el terreno, de una más exacta distribución de las superficies derivadas
del cambio de escala o de algún dato excepcional no contemplado en el PGM.
c) Cuando sea necesario proceder a este tipo de modificaciones, el Ayuntamiento habrá de
autorizarlas antes de admitir a trámite el proyecto de PP.