Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061395)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "FUNDECYT-PCTEX".
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NÚMERO 76
Viernes 21 de abril de 2023

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3.1. Comisión de seguimiento y valoración.
Se constituirá una comisión de seguimiento y valoración para realizar la evaluación de las
personas trabajadoras de acuerdo a los tres bloques de valoración indicados previamente.
Esta comisión estará integrada por:
• Jefatura de Unidad o persona responsable superior de las personas trabajadoras evaluadas.
• Representación sindical, en calidad de observadora, no de evaluadora.
Para cada persona trabajadora que deba ser evaluada, la comisión de seguimiento y valoración deberá observar, registrar y valorar: su trayectoria y actuación profesional y la
calidad del trabajo realizado, como parte de la evaluación del desempeño, el cumplimiento de objetivos individuales y colectivos y los conocimientos adquiridos durante el año,
diagnosticando sus posibles necesidades de formación e informando a la propia persona
evaluada sobre sus resultados provisionales, con indicación de aspectos a mejorar.
Por tanto, sus cometidos esenciales serán:
a) Realizar la entrevista de evaluación del desempeño y recopilar la información pertinente
para los demás bloques de valoración.
b) Valorar el resultado obtenido por la persona trabajadora en los distintos bloques de valoración, conforme a los criterios y puntuaciones determinados reglamentariamente, y
elaborar el correspondiente informe de evaluación.
En dicho informe, además del resultado de la evaluación, se recogerán las necesidades
de formación detectadas y se propondrán posibles actuaciones de mejora para la persona trabajadora evaluada.
c) Notificar el resultado de la evaluación a las personas trabajadoras y recibir sus alegaciones.
d) Presentar los resultados del proceso de evaluación al equipo directivo de FUNDECYTPCTEX.
La redacción del informe de evaluación será competencia de la persona responsable directa de la persona trabajadora, siendo esta responsable quien debe presentar los resultados
al equipo directivo.
3.2. Bloques de valoración.
A continuación, se describen los tres bloques de valoración del proceso de evaluación,
mientras que la forma de puntuar los distintos aspectos y los baremos a utilizar para cada