Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061395)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "FUNDECYT-PCTEX".
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NÚMERO 76
Viernes 21 de abril de 2023

25795

se comprometen a negociar protocolos de actuación e intervención en supuestos de conflictos
laborales por cuestiones de drogodependencias.
Artículo 34. Medio ambiente.
Las partes se comprometen a que la prevención de riesgos laborales y la protección del medio
ambiente sean aspectos inseparables de la actuación cotidiana de la Fundación y las personas
trabajadoras adscritos al presente convenio. Por lo tanto, deberán desarrollarse programas
encaminados al ahorro energético, consumo de agua, reducción de contaminantes atmosféricos y reciclado de residuos.
Los delegados y delegadas de prevención podrán participar en todas aquellas cuestiones relacionadas con el medio ambiente referente a la actividad laboral desarrollada en la empresa.
Articulo 35: Medidas para promover la igualdad entre hombres y mujeres.
La entidad cuenta con un Plan de Igualdad que pondrá especial atención en lo que respecta al
cumplimento de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso al empleo,
promoción profesional, formación, estabilidad en el empleo e igualdad salarial en trabajos de
igual valor.
Artículo 36. Acoso laboral.
Las partes firmantes reconocen que los comportamientos que puedan entrañar acoso son
perjudiciales, no solamente para las personas directamente afectadas, sino también para el
entorno global de la empresa, y son conscientes de que la persona que se considere afectada
tiene derecho, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que le correspondan,
a solicitar a la Fundación una actuación mediadora y de resolución del conflicto.
Cualquier situación de acoso ocurrida dentro del ámbito laboral podrá ser objeto de denuncia
por parte de la persona acosada, los representantes de los trabajadores/as o cualquiera que
sea conocedora de los hechos.
Las partes firmantes de este convenio se comprometen a desarrollar un protocolo de actuación en caso de acoso moral, sexual o por razón de sexo que permita abrir cauces de investigación y asesoramiento de los afectados, así como cuantas medidas legales sean necesarias
para evitar que se produzcan tales actos. En todos estos procesos debe asegurarse la participación de la representación legal de las personas trabajadoras.
El Comité de Seguridad y Salud Laboral será el encargado de gestionar estas situaciones.