Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040060)
Decreto 23/2023, de 22 de marzo, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de los programas de incentivos ligados para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023
25196
5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de
diciembre, el plan estratégico de las instalaciones superiores a 100 kW de potencia nominal de producción será publicado por el órgano gestor de las ayudas en el Portal Juntaex
(https://www.juntaex.es), así como en la página web
http://industriaextremadura.juntaex.es, y será también accesible desde las publicaciones
o páginas web del beneficiario.
Artículo 30. Compatibilidad de las ayudas.
1. Las ayudas otorgadas conforme al presente decreto serán compatibles con cualquier otra
ayuda de otros programas o instrumentos de cualesquiera administraciones públicas u
organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, particularmente de la Unión Europea, en tanto que dicha ayuda no cubra los mismos costes y que, de forma acumulada,
no superen los costes subvencionables, ni se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014 para aquellos beneficiarios que sean
empresas o realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios
en el mercado, y en todo caso de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las
normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión.
2. E
n ningún caso podrán ser financiados dos o más veces los mismos gastos de conformidad
con el artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Artículo 31. Control de las ayudas.
La Dirección General de Industria, Energía y Minas realizará las inspecciones y comprobaciones que considere oportunas para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas
para la concesión y pago de la ayuda, debiendo los beneficiarios facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a los órganos
competentes de la administración autonómica.
Disposición adicional única. Convocatoria.
1. Objeto.
Aprobar la única convocatoria de las ayudas reguladas en el presente decreto, conforme
a lo dispuesto en el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba
la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de
ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco
Jueves 20 de abril de 2023
25196
5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de
diciembre, el plan estratégico de las instalaciones superiores a 100 kW de potencia nominal de producción será publicado por el órgano gestor de las ayudas en el Portal Juntaex
(https://www.juntaex.es), así como en la página web
http://industriaextremadura.juntaex.es, y será también accesible desde las publicaciones
o páginas web del beneficiario.
Artículo 30. Compatibilidad de las ayudas.
1. Las ayudas otorgadas conforme al presente decreto serán compatibles con cualquier otra
ayuda de otros programas o instrumentos de cualesquiera administraciones públicas u
organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, particularmente de la Unión Europea, en tanto que dicha ayuda no cubra los mismos costes y que, de forma acumulada,
no superen los costes subvencionables, ni se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014 para aquellos beneficiarios que sean
empresas o realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios
en el mercado, y en todo caso de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las
normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión.
2. E
n ningún caso podrán ser financiados dos o más veces los mismos gastos de conformidad
con el artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Artículo 31. Control de las ayudas.
La Dirección General de Industria, Energía y Minas realizará las inspecciones y comprobaciones que considere oportunas para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas
para la concesión y pago de la ayuda, debiendo los beneficiarios facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a los órganos
competentes de la administración autonómica.
Disposición adicional única. Convocatoria.
1. Objeto.
Aprobar la única convocatoria de las ayudas reguladas en el presente decreto, conforme
a lo dispuesto en el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba
la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de
ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco