Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040060)
Decreto 23/2023, de 22 de marzo, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de los programas de incentivos ligados para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 75
Jueves 20 de abril de 2023

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Artículo 10. Procedimiento de concesión.
1. Según lo dispuesto en el artículo 21 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, estas
ayudas se concederán de forma directa, mediante convocatoria abierta, y de conformidad
con el procedimiento previsto en el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, para las subvenciones de concurrencia no competitiva financiable con fondos
europeos, podrán dictarse las resoluciones de concesión por orden de presentación de solicitudes una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación
subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del
crédito presupuestario asignado en la convocatoria.
2. El período de vigencia de la convocatoria a los efectos de presentación de solicitudes, comenzará a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es) y del extracto de la misma a que se refiere el artículo 16 q) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, finalizando el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 11. Presentación, plazo y subsanación de solicitudes.
1. Las solicitudes, así como la documentación anexa o información requerida durante la tramitación del expediente, se presentará por medios electrónicos, cumpliendo lo indicado en
el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de conformidad con lo establecido en
el artículo 21.3 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre. La solicitud de ayuda se
dirigirá a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, rellenándose el formulario específico alojado en el portal
de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Extremadura, que será conforme
al modelo de la solicitud del Anexo II del presente decreto.
Los modelos oficiales de anexos estarán disponibles en el punto de acceso general electrónico
de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite desde
donde se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud y de la página web
de la Dirección General de Industria, Energía y Minas http://industriaextremadura.juntaex.es.
2. Las solicitudes de ayuda con la documentación a aportar junto a las mismas, se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de
Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/). Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera deberá ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos
anexos a la misma.
Para la autentificación y para la firma electrónica de las solicitudes, en aras de una mejor
comprensión del proceso de presentación de las misma, se deberá disponer de certificado