Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061314)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo de adhesión y garantía del personal de AQUANEX, servicio domiciliario del agua de Extremadura, SA, al Convenio Colectivo Estatal del Ciclo Integral del Agua.
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NÚMERO 74
Miércoles 19 de abril de 2023



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b) Muerte de cónyuge o pareja de hecho debidamente acreditada en el registro correspondiente, padres o hijos, cinco días de licencia.



c) Muerte de abuelos/as, nietos/as o hermanos/as, dos días de licencia.

d) Muerte de padre/madre política/a, hijos/as políticos/as o cuñados/as, dos días de
licencia.
e) Enfermedad grave u hospitalización del cónyuge o pareja de hecho debidamente
acreditada en el registro correspondiente, padre/madre, hijos/as o hermanos/as,
tres días con licencia.


f) Nacimiento de hijo/a, tres días de licencia, si ocurriese enfermedad grave, aumentará
a cinco días.



g) Matrimonio de hijos/as, padre/madre o hermanos/as, un día de licencia. Cuando con
tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de
tres días más si es a una localidad situada a más de 175 km de su domicilio habitual.



h) Se concederán cinco días hábiles de licencia retribuida al año, juntos o separados,
según las necesidades de la persona trabajadora y previa solicitud con antelación
mínima de 7 días, al Jefe de Servicio, siempre y cuando la petición sea viable por
necesidades organizativas.



E
 n caso de ser denegado este permiso, deberá justificarse motivadamente. Estos días
no podrán unirse a puentes, vacaciones o festivos.

i) 
Los/as trabajadora/es, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán
derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones.
El trabajador/La trabajadora, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una
reducción de su jornada en una hora con la misma finalidad.


Asimismo, previa comunicación a la empresa, podrá acumular el permiso de lactancia
en jornadas completas.



Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de
que ambos trabajen.



En los apartados b), c), d), e), y f) los días de permiso son para los casos que sucedan
en la misma localidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer
un desplazamiento al efecto, el plazo será de dos días más, que se aumentará en otro
día más a estos dos si es a una localidad situada a más de 175 km de su domicilio
habitual.