Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061314)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo de adhesión y garantía del personal de AQUANEX, servicio domiciliario del agua de Extremadura, SA, al Convenio Colectivo Estatal del Ciclo Integral del Agua.
19 páginas totales
Página
NÚMERO 74
Miércoles 19 de abril de 2023

25028

quienes se entregará una copia una vez firmado por ambas partes, exponiéndose en un
lugar visible de cada centro de trabajo.
E
 l citado calendario laboral deberá contener como mínimo lo siguiente:


— Horario de trabajo diario.



— Jornada semanal de trabajo.



— Los descansos semanales y entre jornada.



— Los días festivos y otros días inhábiles.

e) D
 escanso semanal.
Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como
regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el
día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.
Resultará de aplicación al descanso semanal lo dispuesto en el artículo 34.7 del Estatuto
de los Trabajadores en cuanto a ampliaciones y reducciones, así como para la fijación de
regímenes de descanso alternativos para actividades concretas.
f) Horas extraordinarias.


1. Tendrán la consideración de horas extraordinarias a efectos legales aquellas que excedan de la jornada máxima establecida en este Convenio Colectivo.



2. Las horas extraordinarias que sean compensadas por descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización, no computarán a efectos del tope máximo
anual de horas extraordinarias establecido por el artículo 35.2 del Estatuto de los
Trabajadores.



Las horas extraordinarias realizadas serán compensadas según lo establecido en tabla
anexa publicada en las tablas 2018 de Convenio Sectorial de Extremadura, más los
incrementos pactados en el presente acuerdo, si bien, podrá pactarse entre empresa
y las personas trabajadoras la compensación de las mismas en tiempo de descanso,
incrementándose en un 100% el período de descanso. A partir de 2023 se incrementarán en el mismo porcentaje que se incremente el salario base.