Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061322)
Resolución de 13 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el funcionamiento del Registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción.
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NÚMERO 73
Martes 18 de abril de 2023

24912

Tercera. Base de datos general.
1. A través de la aplicación informática, la Comunidad Autónoma de Extremadura tendrá acceso a la base de datos general en la que obran los datos de las empresas inscritas en los
Registros dependientes de todas las autoridades laborales.
La configuración de esta base de datos permite que desde cualquiera de los Registros pueda
realizarse la consulta y darse acceso público a los datos incorporados a los mismos, con la
salvedad de los referentes a la intimidad de las personas; igualmente, garantiza que las
certificaciones solicitadas a los Registros puedan expedirse con la mayor brevedad y, en
todo caso, en el plazo máximo de diez días naturales desde la recepción de la solicitud por
el órgano competente para emitirla.
2. El Ministerio de Trabajo y Economía Social se obliga a la gestión y el mantenimiento de la
aplicación informática existente que sirve como base de datos general, así como de Registro en el caso de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla; y que además es utilizada
como soporte informático del Registro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarta. Utilización de la base de datos general por las Comunidades Autónomas.
1. La Comunidad Autónoma de Extremadura albergará los datos obrantes en su Registro en
la base de datos general y podrá utilizarla para realizar consultas y expedir certificaciones
relativas a las empresas inscritas en otros Registros.
2. Sin perjuicio de la libertad de la Comunidad Autónoma de Extremadura para organizar su
propio Registro, si modifica su configuración, deberá comunicarlo a la Comisión de Seguimiento del Registro de Empresas Acreditadas a que se refiere la Cláusula Undécima con, al
menos, dos meses de antelación.
En todo caso, la variación de la configuración interna del Registro no deberá afectar al actual formato de intercambio de datos, cuya modificación requerirá un nuevo acuerdo entre
el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinta. Incorporación de los datos a la base general.
1. La Comunidad autónoma de Extremadura deberá agregar a la base de datos general los
datos identificativos de las empresas inscritas en su territorio. Así como los documentos
aportados por las mismas junto con sus solicitudes.
2. Así mismo deberá garantizar que los datos que obran en su Registro respecto de las empresas con domicilio social en su territorio se incorporen a la base de datos general y se
mantengan actualizados. A tal fin, actualizará los datos incorporados desde su Registro a
la base de datos general con periodicidad mínima diaria.