Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2023050096)
Orden de 13 de abril de 2023 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Superior de Letrados de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 73
Martes 18 de abril de 2023

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El día de realización de la prueba, junto con el examen, se hará entrega a los/as aspirantes de los criterios de valoración de la misma.
En cualquier caso, en el mismo momento en el que el Tribunal de Selección haga públicos los anuncios de celebración del tercer ejercicio de contenido práctico, deberá
señalar, en su caso, los medios auxiliares que podrán utilizar los/as aspirantes para la
realización del mismo.
2.2. Si durante el transcurso del desarrollo de cualquier ejercicio, el Tribunal descubriera a
un aspirante cualquier material o cualquier medio o instrumento no permitido, o que
permita a dicho aspirante obtener una ventaja indebida respecto del resto, con independencia de su uso en ese momento, el Tribunal directamente ordenará al aspirante
su expulsión del procedimiento selectivo, sin recoger el ejercicio del aspirante, y en
el plazo de 48 horas, recogerá en un acta las incidencias de este tipo ocurridas en el
desarrollo de la prueba, notificando al aspirante su expulsión, con copia de dicho acta,
que será comunicada a la Dirección General de Función Pública.
3. Fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal de los siguientes méritos:
Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública como
personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal
estatutario, personal funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional
y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar al Cuerpo al
que se opta e incluya en todo caso entre sus funciones ordinarias, la representación y defensa de la administración en juicio, o funciones jurisdiccionales. Se considerarán similares
en todo caso y a los solos efectos de esta convocatoria, servicios prestados en puestos de
trabajo de Abogados del Estado, Letrados de Comunidades Autónomas, Jueces y Fiscales.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se valorarán en proporción a la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse mediante certificación expedida por el órgano competente de la administración donde se hayan prestado los servicios.
Se valorarán hasta un máximo de 9 puntos los servicios prestados, a razón de 0,4 puntos
por mes o fracción, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Se valorará igualmente estar en posesión de otra licenciatura, grado oficial o cualquier otra
titulación académica adicional a la exigida, con una valoración de 0,5 puntos por título adicional, y estar en posesión del título de Doctor en Derecho, con una valoración de 1 punto.