Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061291)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada del proyecto de planta de producción de diamantes sintéticos, promovido por Diamond Foundry Europe, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 72

24677

Lunes 17 de abril de 2023

Foco de emisión

Clasificación RD 100/2011, de 28 de
enero

ID

Denominación

Grupo

Código

S

4

Limpieza de superficies
en la industria.

C

06 02 04 03

x

NS C

D
x

Combustible
o producto
asociado
Alcohol
isopropílico

Proceso
asociado

Limpieza de
superficies

2. El foco 1 se corresponde con las emisiones asociadas a los 24 generadores de hidrógeno instalados en la industria, con capacidad de producción máxima nominal total de 720
Nm3/h (567,6 toneladas al año) de hidrógeno. El consumo eléctrico total por volumen de
hidrógeno producido es de 139,2 kWh/Nm3.
Cada uno de los generadores de hidrógeno lleva asociado dos venteos: uno de ellos emite
oxígeno que se produce en la electrolisis del agua; y otro gas de purga, generado en el
proceso de purificación del hidrógeno.
Atendiendo a que las sustancias emitidas, esencialmente O2 e H2, no se consideran contaminantes atmosféricos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 34/2007, de 15
de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, estos focos quedan fuera del
ámbito de aplicación de dicha ley, no estableciéndose control y seguimiento para los mismos.
No obstante, deberá evaluarse la valorización potencial del oxígeno, generado como producto secundario en los módulos electrolizadores. En todo caso, si una vez implantada la
precitada valorización, se diera la necesidad de emitir el oxígeno, por ausencia de demanda del mismo o sobrepresiones en el proceso, se habrá de asegurar un venteo seguro.
3. El foco 2 se corresponde con las emisiones de los reactores de plasma, que se ventean al
exterior principalmente en las operaciones de carga y descarga de los mismos.
Atendiendo al proceso asociado, de conformidad con lo recogido en proyecto, el único contaminante que puede emitirse a la atmósfera es el metano excedente de fabricación que
pueda existir en la cámara de cada reactor, previo a la carga y descarga de los mismos o
en situaciones de avería.
El titular de la AAI deberá contar con un sistema de monitorización y registro de los caudales venteados que, junto al registro de otros parámetros de producción, permitan la
estimación de la cantidad de metano emitida por periodo de operación.
4. El foco 3 se corresponde con los venteos de los depósitos de gases que se utilizan como
materias primas y auxiliares en el proceso.