Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. Subvenciones. (2023061254)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023

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blecimiento de programas de información y comunicación preventiva y de alerta en los planes
de protección civil, así como en la “planificación”, llevada a cabo a través de los distintos
planes de protección civil en cuanto instrumentos de previsión del marco orgánico-funcional y
de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de las personas y de los bienes en caso de emergencia.
Por ello, en el contexto, por un lado, de contribuir a la financiación de las entidades locales en
la adquisición de equipamiento y/o material que garantice un mejor y más eficaz desempeño
de las actividades asumidas por las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil
y, por otro lado, de lograr que dichas administraciones locales no sólo cuenten con un Plan Territorial propio, sino que dichos Planes se encuentren actualizados y se mantengan operativos
y eficaces, en el caso de ser necesario dar respuesta a una situación de emergencia, a través
de actuaciones encaminadas a la implantación de los mismos, se aprobó la Orden de 10 de
junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia
de protección civil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 115,
de 16 de junio), para la adecuación de las dos líneas de subvención contempladas en el mismo al nuevo marco normativo constituido, con carácter principal, por la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de
25 de marzo), modificada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil
en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 69, de 9 de abril), la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE núm. 236, de 2 de octubre), la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres (BOE núm. 71, de 23 de marzo) y la Ley 8/2011, de 23 de
marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura
(DOE núm. 59, de 25 de marzo).
Conforme a lo anterior, a través de la presente resolución y existiendo créditos adecuados y
suficientes en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2023, aprobados por la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023 (DOE extraordinario núm. 3, de 31
de diciembre) se tiene como objetivo la convocatoria de las subvenciones en materia de protección civil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si bien en la presente
anualidad, dado el importe del crédito de que se dispone, sólo de las sublíneas “A” y “B” de la
línea prevista en el título II de dicha Orden de 10 de junio de 2020 por la que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones en materia de protección civil en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 del Decreto 87/2019,
de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 150, de 5 de agosto), en concordancia