Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. Subvenciones. (2023061254)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023

24515

RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se
establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de subvenciones dirigidas
a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de
voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
(2023061254)

La protección civil aparece definida en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de
Protección Civil (BOE núm. 164, de 10 de julio), en su artículo 1.1, como el servicio público
que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos
tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción
humana, sea ésta accidental o intencionada.
A tal efecto, la citada Ley 17/2015, de 9 de julio, regula su título I, entre otras cuestiones, un
conjunto mínimo de derechos y deberes de la ciudadanía en materia de protección civil para
poner de relieve que ésta no sólo es la destinataria de la acción pública dirigida a prevenir y
afrontar las situaciones de emergencia, sino el centro del sistema de protección civil y que le
corresponden derechos y deberes específicos que tienen directo encaje en la Constitución. En
este sentido, destacan el artículo 7.2, que establece que la participación de la ciudadanía en
las tareas de protección civil podrá canalizarse a través de las entidades de voluntariado; el
artículo 7 bis, que establece que la ciudadanía y las personas jurídicas están sujetos al deber
de colaborar, personal o materialmente, en la protección civil, en caso de requerimiento de
la autoridad competente de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.4 de la Constitución;
el artículo 7 ter, que determina que la ciudadanía debe tomar las medidas necesarias para
evitar la generación de riesgos, así como exponerse a ellos; y el artículo 7 quáter, que prevé
que el voluntariado de protección civil podrá colaborar en la gestión de las emergencias, como
expresión de participación ciudadana en la respuesta social a estos fenómenos, y que los poderes públicos promoverán la participación y la formación de dicho voluntariado en apoyo del
Sistema Nacional de Protección Civil.
En síntesis, la tarea fundamental del sistema de protección civil consiste en establecer el óptimo aprovechamiento de las posibles medidas de protección a utilizar. Consecuentemente,
debe plantearse no sólo de forma que la ciudadanía alcance la protección del Estado y de los
otros poderes públicos, sino procurando que la ciudadanía esté preparada para alcanzar por
sí misma y recíprocamente tal protección ya que se es consciente de que, en los supuestos
de emergencia, una parte muy importante de la población depende, al menos inicialmente,
de sus propias fuerzas y recursos, por lo que resulta aconsejable incentivar la participación
de toda la ciudadanía en las tareas propias de la protección civil de las que ésta es, al mismo
tiempo, sujeto activo y beneficiaria.
Desde otra perspectiva, dicha norma legal pone un énfasis especial en la “prevención de riesgos de protección civil”, la cual se lleva a cabo a través de, entre otros instrumentos, el esta-