Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Saneamiento Ganadero. Ayudas. (2023061202)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura, objeto de vaciado sanitario, correspondientes al ejercicio 2023.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023
24492
II. Declaración responsable de no proceder a la repoblación hasta transcurrido un periodo mínimo de cuarentena de 3 meses desde la fecha de salida a sacrifico de los
animales objeto de vacío, o de que si, ya se ha repoblado, se haya cumplido el plazo
de cuarentena dictado por la autoridad competente en sanidad animal, y, además,
de que los animales destinados a la repoblación provengan o hayan venido de explotaciones calificadas sanitariamente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.3 de
la Orden de 2 de noviembre de 2022; no obstante estos requisitos serán comprobados de oficio por la Administración.
III. Declaración responsable expresa de que la explotación ganadera no tiene la consideración de empresa en crisis, o de que ha adquirido tal condición debido a las pérdidas o daños causados por la declaración de la enfermedad y el vaciado sanitario
consiguiente.
IV. Declaración responsable del cumplimiento de la normativa sectorial mínima correspondiente en materia de ordenación, bienestar, identificación, sanidad animal,
medioambiente e higiene.
V.
Declaración responsable de no estar afectada por la prohibición para obtener la
condición de persona o entidad beneficiaria de la subvención, a tenor del artículo 12
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
VI. Aportarse declaración responsable de la condición de Pyme de la explotación del
órgano de dirección de la entidad solicitante.
b) Copia de la/s factura/s proforma de compraventa debidamente cumplimentada o de
arrendamiento con opción de compra, de los animales por los que se solicita la subvención, que relacione de forma clara a las personas o entidades titulares de origen y destino de las mismas o contrato de idéntico efecto jurídico. La solicitud deberá presentarse
acompañada de la copia de la factura/s proforma de compraventa o de arrendamiento
con opción de compra, una declaración responsable, en modelo normalizado, según
consta en anexo I de la presente Resolución de convocatoria, donde se relacionen los
documentos de identificación de las reses compradas o la identificación electrónica individual en el caso del ovino y el caprino y en su caso la carta genealógica, con la edad
de los mismos y la factura que los ampara.
c) En su caso, copia de la factura de la venta a matadero o industria cárnica del/los animal/
es sacrificados.
d) En su caso, copia de la póliza del seguro agrario del ejercicio de que se trate que cubra
la garantía de saneamiento ganadero.
Lunes 17 de abril de 2023
24492
II. Declaración responsable de no proceder a la repoblación hasta transcurrido un periodo mínimo de cuarentena de 3 meses desde la fecha de salida a sacrifico de los
animales objeto de vacío, o de que si, ya se ha repoblado, se haya cumplido el plazo
de cuarentena dictado por la autoridad competente en sanidad animal, y, además,
de que los animales destinados a la repoblación provengan o hayan venido de explotaciones calificadas sanitariamente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.3 de
la Orden de 2 de noviembre de 2022; no obstante estos requisitos serán comprobados de oficio por la Administración.
III. Declaración responsable expresa de que la explotación ganadera no tiene la consideración de empresa en crisis, o de que ha adquirido tal condición debido a las pérdidas o daños causados por la declaración de la enfermedad y el vaciado sanitario
consiguiente.
IV. Declaración responsable del cumplimiento de la normativa sectorial mínima correspondiente en materia de ordenación, bienestar, identificación, sanidad animal,
medioambiente e higiene.
V.
Declaración responsable de no estar afectada por la prohibición para obtener la
condición de persona o entidad beneficiaria de la subvención, a tenor del artículo 12
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
VI. Aportarse declaración responsable de la condición de Pyme de la explotación del
órgano de dirección de la entidad solicitante.
b) Copia de la/s factura/s proforma de compraventa debidamente cumplimentada o de
arrendamiento con opción de compra, de los animales por los que se solicita la subvención, que relacione de forma clara a las personas o entidades titulares de origen y destino de las mismas o contrato de idéntico efecto jurídico. La solicitud deberá presentarse
acompañada de la copia de la factura/s proforma de compraventa o de arrendamiento
con opción de compra, una declaración responsable, en modelo normalizado, según
consta en anexo I de la presente Resolución de convocatoria, donde se relacionen los
documentos de identificación de las reses compradas o la identificación electrónica individual en el caso del ovino y el caprino y en su caso la carta genealógica, con la edad
de los mismos y la factura que los ampara.
c) En su caso, copia de la factura de la venta a matadero o industria cárnica del/los animal/
es sacrificados.
d) En su caso, copia de la póliza del seguro agrario del ejercicio de que se trate que cubra
la garantía de saneamiento ganadero.