Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Saneamiento Ganadero. Ayudas. (2023061202)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura, objeto de vaciado sanitario, correspondientes al ejercicio 2023.
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023

24491

d) En cualquier caso, para presentación de solicitudes a través al Registro Electrónico
General, de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, los interesados o sus representantes legales deberán disponer previamente, para la autenticación y para la
firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor, que podrán
obtenerlos, de no disponer de ellos, en las direcciones:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/ y http://www.cert.fnmt.es/
e) Las solicitudes irán dirigidas al Servicio de Sanidad Animal de la Dirección General de
Agricultura y Ganadería, en la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio.
f) En el caso de que se presenten más de una solicitud asociada a un mismo expediente,
se le dará validez a la última presentada dentro del plazo señalado en la resolución de
convocatoria, no siendo tenidas en cuenta las solicitudes anteriores, salvo error manifiesto que pueda ser justificado ante el órgano gestor.
g) De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común, no se tendrán por presentadas en el registro
aquellas solicitudes que se presenten de forma distinta a la establecida en los apartados
anteriores.
2. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles contados a partir del día
siguiente al de publicación de la presente Resolución y del extracto de la misma en el DOE
(http://doe.juntaex.es).
3. Documentación a presentar junto a la solicitud.
Con independencia del modo de presentación de las solicitudes, éstas deberán acompañarse de la siguiente documentación:
a) Declaración responsable sobre la condición de persona o entidad beneficiaria mediante
modelo normalizado que se incluye en el anexo I de la presente resolución de convocatoria, que incluirá los siguientes aspectos:


I. Declaración responsable de mantener la titularidad de la explotación con pleno funcionamiento y los animales objeto de la ayuda durante un periodo mínimo de tiempo
de dos años desde la fecha de su adquisición, y comunicar su muerte en caso de que
se produzca, a la Dirección General de Agricultura y Ganadería.