Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Enseñanza Universitaria. Becas. (2023061038)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas complementarias para el alumnado universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado para realizar estudios o prácticas, en el marco del Programa de Movilidad Erasmus+ (Curso académico 2023/2024).
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023
24545
Quinto. Requisitos académicos.
1. La nota media aritmética de las personas solicitantes deberá ser como mínimo, de:
— 6 para el alumnado de las ramas de ingeniería y arquitectura; y ciencias.
— 6,50 para el alumnado de enseñanzas de la rama de ciencias de la salud.
— 7,02 para el alumnado del resto de las ramas de arte y humanidades; y ciencias sociales
y jurídicas.
Dicha nota deberá ser acreditada mediante la presentación del expediente académico
oficial de la titulación por la que se opta a estas ayudas.
2. Para el cálculo del cumplimiento de este requisito se tendrá en consideración la nota media
aritmética del expediente académico de la persona solicitante, de las calificaciones obtenidas hasta el mes de febrero del 2023, por aplicación de los criterios del artículo 5 del Real
Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de
créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y
validez en todo el territorio nacional.
3. P
ara el alumnado de la Modalidad B, Erasmus+ Prácticas, la nota media aritmética que se
tendrá en consideración será aquella que dio acceso al Programa Erasmus+.
4. En el caso de estudios de máster y doctorado, la nota media aritmética se calculará sobre
las calificaciones obtenidas en aquella titulación que dio acceso a los mismos.
Sexto. Crédito y cuantía de las ayudas.
1.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad de quinientos mil euros
(500.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 14010/222D/48000, proyecto de
gasto 20000620, denominado “Programa de Movilidad Europea de estudiantes”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
2. E
l importe de la ayuda correspondiente a cada persona beneficiaria será de 200,00 € por
cada mes de duración de la estancia, subvencionándose hasta un máximo de 7 meses, no
pudiendo superar el importe de 1.400 €.
3. La cuantía global de los créditos presupuestarios consignados en la resolución de convocatoria podrá aumentarse, hasta un veinte por ciento de la cuantía inicial o hasta la cuantía
que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver
Lunes 17 de abril de 2023
24545
Quinto. Requisitos académicos.
1. La nota media aritmética de las personas solicitantes deberá ser como mínimo, de:
— 6 para el alumnado de las ramas de ingeniería y arquitectura; y ciencias.
— 6,50 para el alumnado de enseñanzas de la rama de ciencias de la salud.
— 7,02 para el alumnado del resto de las ramas de arte y humanidades; y ciencias sociales
y jurídicas.
Dicha nota deberá ser acreditada mediante la presentación del expediente académico
oficial de la titulación por la que se opta a estas ayudas.
2. Para el cálculo del cumplimiento de este requisito se tendrá en consideración la nota media
aritmética del expediente académico de la persona solicitante, de las calificaciones obtenidas hasta el mes de febrero del 2023, por aplicación de los criterios del artículo 5 del Real
Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de
créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y
validez en todo el territorio nacional.
3. P
ara el alumnado de la Modalidad B, Erasmus+ Prácticas, la nota media aritmética que se
tendrá en consideración será aquella que dio acceso al Programa Erasmus+.
4. En el caso de estudios de máster y doctorado, la nota media aritmética se calculará sobre
las calificaciones obtenidas en aquella titulación que dio acceso a los mismos.
Sexto. Crédito y cuantía de las ayudas.
1.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad de quinientos mil euros
(500.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 14010/222D/48000, proyecto de
gasto 20000620, denominado “Programa de Movilidad Europea de estudiantes”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
2. E
l importe de la ayuda correspondiente a cada persona beneficiaria será de 200,00 € por
cada mes de duración de la estancia, subvencionándose hasta un máximo de 7 meses, no
pudiendo superar el importe de 1.400 €.
3. La cuantía global de los créditos presupuestarios consignados en la resolución de convocatoria podrá aumentarse, hasta un veinte por ciento de la cuantía inicial o hasta la cuantía
que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver