Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Enseñanza Universitaria. Becas. (2023061038)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas complementarias para el alumnado universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado para realizar estudios o prácticas, en el marco del Programa de Movilidad Erasmus+ (Curso académico 2023/2024).
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NÚMERO 72
Lunes 17 de abril de 2023

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la concesión de las ayudas, en función de la existencia de nuevas disponibilidades presupuestarias, sin que ello implique abrir una nueva convocatoria y conforme al procedimiento previsto en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Séptimo. Incompatibilidad de las subvenciones.
Estas ayudas son incompatibles con otras becas y ayudas que pueda recibir el alumnado de
otras Comunidades Autónomas para los mismos fines.
Cada persona beneficiaria podrá disfrutar de estas ayudas en un único curso académico y por
una sola vez.
Octavo. Solicitudes.
Las solicitudes se realizarán conforme al modelo recogido en el anexo I de la convocatoria
e irán dirigidas a la Dirección General de Política Universitaria. El modelo de solicitud estará
disponible en la página web https://erasmusuniversidad.educarex.es para ser cumplimentado
por la persona solicitante. Una vez cumplimentada la solicitud deberá imprimirse, firmarse
por la persona solicitante y presentarse de la forma prevista en el apartado noveno de esta
resolución.
1. En el modelo de solicitud se incluirá una declaración responsable mediante la que la persona solicitante declara que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y de la
Seguridad Social, y de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de
persona beneficiaria.
2. T
 ambién, se consultarán de oficio los datos necesarios de la persona solicitante, datos de
identidad y residencia, así como los datos académicos de las personas solicitantes que estudien en la Universidad de Extremadura.
3. T
 ambién se incluirá en la solicitud una declaración responsable de la persona beneficiaria
comprometiéndose expresamente a declarar, a la Dirección General de Política Universitaria, cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recargo para los mismos fines, provenientes de otra Comunidad Autónoma, en caso de ser declarado beneficiario.
4. No obstante, la persona solicitante podrá oponerse a estas consultas, debiendo acreditar
entonces los datos con los certificados correspondientes.
Noveno. Plazo y lugar de presentación de la solicitud.
1. La solicitud, junto con la documentación adjunta, podrá presentarse en cualquiera de los
lugares establecidos en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta