Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Enseñanza Universitaria. Becas. (2023061038)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas complementarias para el alumnado universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado para realizar estudios o prácticas, en el marco del Programa de Movilidad Erasmus+ (Curso académico 2023/2024).
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NÚMERO 72
24555
Lunes 17 de abril de 2023
Vigesimoprimero. Efectos.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, junto con su extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
Contra la presente resolución de convocatoria, las personas interesadas podrán interponer
recurso de alzada ante el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en
el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el
artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que las personas interesadas
puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 21 de marzo de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
24555
Lunes 17 de abril de 2023
Vigesimoprimero. Efectos.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura, junto con su extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
Contra la presente resolución de convocatoria, las personas interesadas podrán interponer
recurso de alzada ante el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en
el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el
artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que las personas interesadas
puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 21 de marzo de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA