Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061160)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad y la Asociación Inserta Empleo, en materia de atención sociolaboral a personas con discapacidad.
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NÚMERO 71
24016
Viernes 14 de abril de 2023
— El mutuo acuerdo de las partes.
— El incumplimiento de las obligaciones asumidas o de la legislación aplicable.
— La finalización o extinción del objeto del presente convenio.
— La imposibilidad sobrevenida que afecte al cumplimiento de los compromisos asumidos
por las partes.
— Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
— Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en las leyes.
2. No obstante lo anterior, las partes se comprometen a adoptar las medidas oportunas que
garanticen la finalización de las actividades que se hubieren iniciado.
Decimotercera. Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.
El presente convenio se celebra de conformidad con los artículos 47 y 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 49 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, de acuerdo con lo establecido en su artículo 6.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del contenido del presente convenio, que no hayan sido solucionadas por la Comisión de Mixta prevista en la cláusula quinta, serán resueltas por la jurisdicción contenciosoadministrativa.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio por triplicado ejemplar y
a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
Por Fundación Once e Inserta Empleo
D. JOSÉ LUIS MARTÍNEZ DONOSO
Por el Servicio Extremeñó Público de Empleo
(SEXPE)
PA, (Decreto 166/2019, de 29 de octubre.
DOE n.º 214, de 6 de noviembre)
PD, (Resolución de 13 de noviembre de 2019.
DOE n.º 223 de 19 de noviembre de 2019)
D. JAVIER LUNA MARTÍN
24016
Viernes 14 de abril de 2023
— El mutuo acuerdo de las partes.
— El incumplimiento de las obligaciones asumidas o de la legislación aplicable.
— La finalización o extinción del objeto del presente convenio.
— La imposibilidad sobrevenida que afecte al cumplimiento de los compromisos asumidos
por las partes.
— Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
— Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en las leyes.
2. No obstante lo anterior, las partes se comprometen a adoptar las medidas oportunas que
garanticen la finalización de las actividades que se hubieren iniciado.
Decimotercera. Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.
El presente convenio se celebra de conformidad con los artículos 47 y 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 49 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, de acuerdo con lo establecido en su artículo 6.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del contenido del presente convenio, que no hayan sido solucionadas por la Comisión de Mixta prevista en la cláusula quinta, serán resueltas por la jurisdicción contenciosoadministrativa.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio por triplicado ejemplar y
a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
Por Fundación Once e Inserta Empleo
D. JOSÉ LUIS MARTÍNEZ DONOSO
Por el Servicio Extremeñó Público de Empleo
(SEXPE)
PA, (Decreto 166/2019, de 29 de octubre.
DOE n.º 214, de 6 de noviembre)
PD, (Resolución de 13 de noviembre de 2019.
DOE n.º 223 de 19 de noviembre de 2019)
D. JAVIER LUNA MARTÍN