Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061160)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad y la Asociación Inserta Empleo, en materia de atención sociolaboral a personas con discapacidad.
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NÚMERO 71

24017

Viernes 14 de abril de 2023

ANEXO I
ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD EN EL TRATAMIENTO
Madrid, 20 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. José Luis Martínez Donoso, en nombre y representación de:
• Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad (en
adelante, el Corresponsable del Tratamiento 1), entidad con domicilio en la calle Sebastián Herrera, n.º 15, 28012, Madrid (Madrid), y con NIF n.º G-78.661.923.
• ASOCIACIÓN INSERTA EMPLEO (en adelante, el Corresponsable del Tratamiento 2), entidad con domicilio en la calle Fray Luis de León, n.º 11, 28012, Madrid (Madrid), y con
NIF n.º G-85.563.302.
Y, de otra parte, D. Javier Luna Martín, en nombre y representación del Servicio Extremeño
Público de Empleo (en adelante, el Corresponsable del Tratamiento 3), entidad con domicilio
en Avda. Valhondo, s/n, módulo 6, 3ª planta, Mérida, y con N.I.F. n.º Q0600411C.
En adelante, las partes podrán ser denominadas conjuntamente como “Corresponsables del
Tratamiento” e individualmente cada una de ellas como “Corresponsable del Tratamiento”.
EXPONEN
Que, en el desarrollo del objeto del convenio marco de colaboración suscrito por las partes
en la misma fecha que el presente documento (en adelante, el Acuerdo Principal), las partes
deciden de mutuo acuerdo los fines y medios de los tratamientos de datos personales y, con
el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento (UE) 2016/769
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos (en adelante, RGPD), y el artículo 29 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (en adelante,
LOPDGDD), las partes suscriben el presente acuerdo de corresponsabilidad en el tratamiento
(en adelante, el Acuerdo), que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente Acuerdo es establecer el régimen jurídico aplicable al tratamiento de los
datos personales que tratarán los Corresponsables del Tratamiento en el marco del Acuerdo