Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061268)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) préstamo denominado Cardoso", en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA22/0809.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

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cogida de aguas de escorrentía.


13. 6. Se gestionarán adecuadamente los residuos para evitar afecciones a los cursos de agua tanto superficiales como subterráneos. Se evitará cualquier vertido de sustancias contaminantes, de forma que todos los residuos sean gestionados por un gestor autorizado; si se produjeran vertidos accidentales de
aceites, lubricantes, etc., se procederá a su inertización.



13. 7. C
 ualquier aprovechamiento o concesión de aguas superficiales o subterráneas
que se realice en la actividad deberá obtener previamente la correspondiente
autorización o concesión del organismo de cuenca correspondiente (Confederación Hidrográfica del Tajo).



14. Protección de la fauna y flora:



14. 1. Se respetará el arbolado presente en las parcelas de actuación (en las lindes),
para favorecer la regeneración natural de la zona tras su aprovechamiento y
como refugio de la fauna silvestre.



14. 2. La corta de pies de arbolado, en su caso, estará sujeta al régimen de autorización o declaración responsable previsto en el Decreto 134/2019, de 3 de
septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones
forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes
Protectores de Extremadura, debiendo tramitar las mismas ante el Servicio
de Ordenación y Gestión Forestal.

14. 3. Se respetarán los árboles que presenten nidos de especies protegidas, debiendo de comunicar el hallazgo al Agente del Medio Natural de la zona.


14. 4. No se emplearán herbicidas en las labores de control de la vegetación natural, ni pesticidas, por el riesgo de contaminación de las aguas y el daño a las
poblaciones animales silvestres.



14. 5. Se limitará la velocidad de los vehículos para evitar atropellos de animales.



14. 6. Se evitarán colores llamativos en la maquinaria.



14. 7. Se eliminará cualquier tipo de material que pueda ser combustible ante cualquier chispa o que pueda provocar la aparición de plagas con riesgo para la
salud de las personas, los animales o la vegetación de las parcelas vecinas.