Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061268)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) préstamo denominado Cardoso", en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA22/0809.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

24221

Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, según lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en
la Comunidad Autónoma de Extremadura.


6. Antes del inicio de las labores, se realizará una señalización de la explotación desde
cualquier acceso mediante carteles fácilmente visibles, al objeto de garantizar la seguridad de personas y bienes.

7. El acceso a la zona de extracción se realizará utilizando los accesos existentes, a
restituir y mejorar finalizadas las obras. Se planificará, en la medida de lo posible,
el movimiento de la maquinaria y el trazado de caminos en la zona para minimizar
la afección al suelo y a los lugares naturales de la zona. Si el transporte del material
afectase a caminos de la Confederación Hidrográfica, de titularidad municipal o vías
pecuarias, se contará con documentación acreditativa de los respectivos permisos.


8. D
 e la superficie total de 32,51 ha incluida en el perímetro del aprovechamiento delimitado mediante coordenadas UTM, se dejará un resguardo de protección de 3 m
respecto a linderos, de 5 m respecto a caminos, de 15 m respecto a carreteras, de
20 m respecto a cauces de agua y de 10 m alrededor de los postes eléctricos, como
franjas de protección mínima, sin perjuicio de lo que se disponga en la legislación
vigente aplicable al respecto de cada uno de los elementos anteriormente citados.



9. Deberán cumplirse las prescripciones de la normativa en materia de Seguridad Industrial que afecten al proyecto y, en particular, las prescripciones en relación a distancias de seguridad, afecciones, servidumbres y prohibiciones en materia de líneas
eléctricas.



10. Las labores de explotación propiamente dichas se realizarán mediante en un ciclo
continuo de arranque del material mediante retroexcavadora, carga en camión y
traslado a obra, fuera de la zona de extracción. La explotación proyectada se realizará sobre un frente, mediante la ejecución de un único banco, descendiendo la
cota en una altura media de 2,5 m, siempre por encima del nivel freático y manteniendo la morfología del terreno. El aprovechamiento del recurso minero y su
restauración se realizará en lo posible de forma ordenada y progresiva a medida
que avancen los trabajos de explotación y según lo previsto en el calendario de
ejecución.



11. El plazo de ejecución de la actividad, incluida la restauración del área afectada, será
de 26 meses.