Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061268)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) préstamo denominado Cardoso", en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA22/0809.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023
24203
–P
resencia de nidificación de milano real (especie catalogada “en peligro de extinción”
en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura) a aproximadamente 500 metros al oeste de la zona de actuación.
Se indica en el presente informe que se ha tenido en cuenta lo establecido en:
– Plan de Manejo de la Grulla Común (Grus grus) en Extremadura (Orden de 22 de
enero de 2009 del DOE n.º 22).
– El Plan de Conservación del Hábitat del Águila Perdicera (Aquila fasciata) en Extremadura (Orden de 25 de mayo de 2015 del DOE n.º 107) y su modificación (Orden de
13 de abril de 2016 del DOE n.º 77).
Dentro del análisis y valoración ambiental de la actividad, se considera que el uso actual
de la parcela es agrario, preferentemente pastizal, que se verán afectados por la actividad. Tras las labores de explotación en la zona afectada se llevarán a cabo las labores de
restauración que tendrán como fin la recuperación de las prácticas agrícolas, mediante
un remodelado del terreno y un proceso de revegetación de las áreas explotadas para
su posterior uso agrario y mantenimiento de la superficie de pastizal, con sistemas de
drenaje, pendientes suaves y suelos fértiles bien restituidos.
En las proximidades de la actuación, a unos 500 metros al oeste, se encuentra una
nidificción de milano real (especie catalogada “en peligro de extinción” en el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), por lo que se tendrán en cuenta
las posibles molestias que puedan causar las obras debidas al tránsito de maquinaria y
las propias obras. No obstante, el camino es un camino ya transitado.
Y que, por todo ello, se informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable, a los lugares incluidos en la Red Natura 2000,
siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y complementarias establecidas en este informe del SECONAP de la Dirección General de Sostenibilidad, que se
han tenido en cuenta e integrado en el apartado de medidas preventivas, correctoras y
complementarias de este informe.
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal
emite, con fecha 12 de enero de 2023, un informe favorable para la instauración de la
actividad desde el punto de vista forestal, siempre y cuando se cumpla lo indicado el
proyecto presentado, dando por hecho que no se va a afectar ningún pie arbóreo, y de
acuerdo con el siguiente condicionado.
– Cualquier actuación contemplada en la obra deberá estar de acuerdo con lo estipulado
Viernes 14 de abril de 2023
24203
–P
resencia de nidificación de milano real (especie catalogada “en peligro de extinción”
en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura) a aproximadamente 500 metros al oeste de la zona de actuación.
Se indica en el presente informe que se ha tenido en cuenta lo establecido en:
– Plan de Manejo de la Grulla Común (Grus grus) en Extremadura (Orden de 22 de
enero de 2009 del DOE n.º 22).
– El Plan de Conservación del Hábitat del Águila Perdicera (Aquila fasciata) en Extremadura (Orden de 25 de mayo de 2015 del DOE n.º 107) y su modificación (Orden de
13 de abril de 2016 del DOE n.º 77).
Dentro del análisis y valoración ambiental de la actividad, se considera que el uso actual
de la parcela es agrario, preferentemente pastizal, que se verán afectados por la actividad. Tras las labores de explotación en la zona afectada se llevarán a cabo las labores de
restauración que tendrán como fin la recuperación de las prácticas agrícolas, mediante
un remodelado del terreno y un proceso de revegetación de las áreas explotadas para
su posterior uso agrario y mantenimiento de la superficie de pastizal, con sistemas de
drenaje, pendientes suaves y suelos fértiles bien restituidos.
En las proximidades de la actuación, a unos 500 metros al oeste, se encuentra una
nidificción de milano real (especie catalogada “en peligro de extinción” en el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), por lo que se tendrán en cuenta
las posibles molestias que puedan causar las obras debidas al tránsito de maquinaria y
las propias obras. No obstante, el camino es un camino ya transitado.
Y que, por todo ello, se informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable, a los lugares incluidos en la Red Natura 2000,
siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y complementarias establecidas en este informe del SECONAP de la Dirección General de Sostenibilidad, que se
han tenido en cuenta e integrado en el apartado de medidas preventivas, correctoras y
complementarias de este informe.
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal
emite, con fecha 12 de enero de 2023, un informe favorable para la instauración de la
actividad desde el punto de vista forestal, siempre y cuando se cumpla lo indicado el
proyecto presentado, dando por hecho que no se va a afectar ningún pie arbóreo, y de
acuerdo con el siguiente condicionado.
– Cualquier actuación contemplada en la obra deberá estar de acuerdo con lo estipulado