Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061268)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) préstamo denominado Cardoso", en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA22/0809.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

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todos los residuos sean gestionados por un gestor autorizado; si se produjeran vertidos accidentales de aceites, lubricantes, etc., se procederá a su inertización.


– Que se deberá presentar un plan de recuperación de las zonas afectadas una vez que
la explotación haya tenido lugar. La autoridad competente deberá comprobar que
las labores que se indican en dicho plan se llevan a cabo adecuadamente. Si para
la puesta en práctica del Plan de Restauración se prevén actividades de riego y de
abonado, como medida de protección se deberá cumplir lo recogido en el Código de
Buenas Prácticas Agrarias. Este código establece las pautas a seguir para minimizar la
contaminación de las aguas por nitratos, pero se deberán tener en cuenta así mismo
dichas buenas prácticas para evitar otras fuentes de contaminación, en especial las
procedentes de los fitosanitarios utilizados en la explotación.



– Que respecto a captaciones de agua y su infraestructura asociada (si existiera), en
la consideración de que la seguridad de las mismas es una obligación de sus propietarios y/o titulares, quienes deben adoptar las medidas que sean necesarias durante
toda su vida útil, incluidas su construcción y desmantelamiento, se ha de considerar
que pozos y sondeos deben estar señalizados, vallados, tapados y sellados, para la
protección de personas, animales y del propio acuífero frente a contaminación. En el
caso de los que estén fuera de uso, el sellado deberá ser definitivo. En este sentido,
la CHT, indica a la promotora que de observar alguna estructura de las descritas,
carente de seguridad o abandonada, deberá ejecutar las medidas necesarias que garanticen su seguridad frente a posibles accidentes, o su clausura, si fuera necesario.

— En fecha 13 de diciembre de 2022 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas (SECONAP) de la Dirección General de Sostenibilidad emite un informe de
Afección a la Red Natura 2000 y sobre la Biodiversidad, en el que se recoge que la zona
de actuación no se encuentra incluida dentro de ningún espacio de la Red Natura 2000,
aunque a 5,53 Km se encuentra la ZEC “Cañada del Venero” ES4320062. Se indica que
los Instrumento/s de Gestión de aplicación son el Plan Director de Red Natura 2000
(Anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica
Europea Natura 2000 en Extremadura).
Se señala que los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:


– Hábitat prioritario “Lagunas y charcas temporales mediterráneas” (3170*) en el entorno de las parcelas objeto de actuación.



– Grulla común. La zona de actuación se localiza en el sector de invernada “Navalmoral”.