Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061268)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Aprovechamiento de un recurso de la Sección A) préstamo denominado Cardoso", en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA22/0809.
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NÚMERO 71
Viernes 14 de abril de 2023

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en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en sus modificaciones posteriores,
así como en el título VII de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y el
Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura, y su modificación por el Decreto 37/2022, de 12 de abril.


– Se respetará cualquier pie arbolado o mata de regenerado (en caso de que existiera),
tanto en los frentes de la explotación como en el recorrido entre la zona de préstamo
y el trazado del AVE.



– Se cumplirá todo lo explicado en el proyecto presentado respecto a la restauración de
la zona explotada. Se valorará en coordinación con el órgano forestal de la Junta de
Extremadura los pasos a seguir en dicha restauración, y si hubiese algún deterioro no
contemplado en dicho proyecto, se estudiará la posible restauración.



–E
 l beneficiario será responsable de los daños y perjuicios que, por deficiencia en las
obras, negligencia del personal a su servicio u otras circunstancias a él imputables, se
ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o indirectamente, quedando obligado consecuentemente a satisfacer las indemnizaciones correspondientes.



– Durante la ejecución de los trabajos deberán adoptarse las medidas preventivas recogidas en el Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la prevención
de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX), modificado por el Decreto 144/2016, de 6 de septiembre.



– Las medidas preventivas y correctoras incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental
se cumplirán en todas las fases del proyecto.



– Deberá ponerse en contacto con el Coordinador de Zona de los Agentes del Medio Natural UTV 2, (coordinacionutv2@juntaex.es), quien le indicará los Agentes del Medio
Natural con los que deberá contactar antes de comenzar los trabajos.

Durante el procedimiento de consultas se solicitó y recibió informe del Agente del Medio
Natural.
Estos informes han sido considerados en el análisis técnico del expediente para la formulación de la declaración de impacto ambiental y la contestación a las mismos debe entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras y correctoras a las que se sujetará
la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad.