Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061210)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de cesión de uso gratuito de local entre el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia (Cáceres) y el Servicio Extremeño Público de Empleo para la ubicación temporal del Centro de Empleo de la citada localidad.
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NÚMERO 71

24047

Viernes 14 de abril de 2023

Octavo. El artículo 4, apartado m), del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, establece que el
SEXPE podrá formalizar acuerdos y convenios de colaboración con cualquier persona jurídica,
pública o privada, que tengan como fin específico el fomento del empleo, la formación para el
empleo, orientación e intermediación laboral, así como, todos aquellos referidos a las competencias atribuidas al Servicio Extremeño Público de Empleo.
En definitiva, mediante la suscripción del presente convenio se pretende conseguir dicho fin
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concreto, en el área
de actuación del Centro de Empleo de Plasencia, facilitando la utilización de medios y servicios
públicos a través de la figura de la cesión gratuita de uso, contribuyendo de esta forma a la
realización de actividades de utilidad pública conforme a lo dispuesto en la mencionada Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dando cumplimiento a los
principios de eficacia y eficiencia que deben regir el funcionamiento de todas las Administraciones Públicas.
Noveno. Que es voluntad de las administraciones intervinientes desarrollar una colaboración
y, estando las partes interesadas en llevar a cabo el presente convenio, se establecen las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y finalidad.
1. El presente convenio tiene como objeto establecer un marco de colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del SEXPE, y el ayuntamiento de Plasencia (Cáceres), a fin de formalizar la cesión de uso gratuito de un local por parte del Ayuntamiento
de Plasencia en favor del SEXPE para que éste pueda desarrollar sus actuaciones durante
el tiempo en el que se realicen las obras de reforma del Centro de Empleo de Plasencia.
Los bienes cedidos en uso se destinarán durante todo el periodo de la cesión al fin previsto,
que no es otro que la ubicación temporal de la oficina del Servicio Extremeño Público de
Empleo, durante el tiempo de duración de las obras de adecuación y rehabilitación de la
oficina que el SEXPE posee en la Calle Trujillo, n.º 19, de Plasencia, sin que el uso pueda
ser transmitido ni gravado. Todo acto del cesionario que se refiera o afecte a estos bienes
deberá hacer referencia a la condición del destino al que se encuentran sujetos.
Segunda. En el supuesto que los bienes cedidos en uso no fuesen destinados al fin o uso
previsto, a contar desde la firma del presente documento administrativo o dejaran de serlo
posteriormente, se considerará resuelta la cesión de uso y revertirán los bienes al Ayuntamiento de Plasencia con todas sus pertenencias, sin que sean indemnizables los gastos en
que se haya incurrido para cumplir las cargas o condiciones impuestas en este documento.