Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2023050089)
Orden de 31 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 69
Miércoles 12 de abril de 2023

23361

DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
1. L
 a presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de
los Premios Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
 ste premio tiene como finalidad fomentar la innovación e investigación educativas en los
ámbitos curricular, metodológico, tecnológico, didáctico y organizativo en los niveles no
universitarios de nuestra región, potenciando aquellos trabajos que conjuguen la filosofía
de Joaquín Sama con la actualidad del sistema educativo extremeño.
Artículo 2. Destinatarios y beneficiarios.
1. Podrá optar a estos premios el personal que se encuentre en activo durante la realización
del trabajo o experiencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos en los
niveles previos a la Universidad y las asociaciones de madres y padres del alumnado debidamente inscritas en el registro creado mediante el Decreto 111/2010, de 7 de mayo, en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
 as personas participantes podrán concurrir de forma individual o como equipo de trabajo.
3. No podrán presentarse a la convocatoria de estos premios, proyectos ya premiados, en el
ámbito educativo y/o de la misma naturaleza.
4. L
 a ayuda es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos concedidos para la misma finalidad, procedentes de la Junta de Extremadura o de otras
Administraciones Públicas, o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o
de organismos internacionales, cuya concesión esté amparada por la normativa de ayudas
de Estado.
Artículo 3. Naturaleza de las actividades.
1. Para poder participar en estos premios, las personas aspirantes deberán elaborar un trabajo que tenga su aplicación práctica en el aula y que verse sobre los temas mencionados en
el apartado 4 del presente artículo.
2. L
 os trabajos deberán haber finalizado o estar desarrollándose ya en el centro educativo en
los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria. Aquellos trabajos que utilicen
como soporte las tecnologías de la información y comunicación deberán acompañar las instrucciones para su instalación y manejo, así como los requerimientos mínimos necesarios
para su ejecución.