Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023061211)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, para la campaña 2023/2024.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

22454

auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas que acredite su
cumplimiento por el solicitante, con independencia de cualquier financiación para
el cobro anticipado de la empresa proveedora. A tal efecto, si del informe de auditoría de las últimas cuentas anuales se deduce un cumplimiento del 100 % de
los plazos de pago a proveedores por parte del solicitante, bastará un certificado
emitido por el auditor que indique que en su trabajo de auditoría ha realizado procedimientos para obtener evidencia de la corrección del contenido de la memoria
de las cuentas anuales como certificación de cumplimiento del requisito del artículo 13.3 bis. En caso de que no sea posible emitir tal certificado (por no existir
cuentas anuales auditadas o porque éstas reflejen un porcentaje de cumplimiento
de plazos de pago a proveedores inferior al 100 %), se presentará certificación,
basada en un “Informe de Procedimientos Acordados”, de que el requisito se
cumple en el momento de solicitud de la subvención, certificado que tendrá una
validez de seis meses.


2) E
 n el resto de los casos, declaración responsable en los términos previstos en el
artículo 26 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, del Reglamento General de
Subvenciones (formulario 1 bis).

Además, junto al modelo normalizado de solicitud, deberá presentar declaración
responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de
persona beneficiaria previstas en el artículo 12. 2 y 3 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluida en el formulario 1 bis
para los solicitantes individuales y en el formulario 1 para los solicitantes que hagan
la presentación de forma colectiva. 
B) E
 n caso de presentación de solicitudes de forma colectiva, además de la documentación
prevista en el punto anterior, se comprobará la siguiente:


1º) NIF de la persona que ostenta la representación legal del colectivo que presenta la
solicitud.



2º) NIF de la persona interlocutora de viticultores y viticultoras.



Además, junto al modelo normalizado de solicitud colectiva, deberán presentar:



1) C
 ertificado de la sociedad cooperativa, sociedad agraria de transformación, otra
sociedad u organización agraria que indique cuáles de las personas solicitantes
que presentan la solicitud de forma colectiva son socias o afiliadas a la misma,
indicando la fecha de afiliación o, en su defecto, referida a fecha de apertura de
plazo de solicitud de esta ayuda.