Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061111)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo para las personas trabajadoras de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte.
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Lunes 10 de abril de 2023

posición legal, Convenio Colectivo o pacto individual, salvo aquellas que representen contraprestación de rendimientos o producciones superiores a lo normal.
Artículo 5. Derecho supletorio.
En todo aquello que no estuviera previsto en el presente convenio y que afecte a las relaciones laborales, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás normas
laborales que resulten de aplicación por considerarse de derecho necesario.
CAPITULO II
Tiempo de trabajo
Artículo 6. Jornada de trabajo.
La jornada máxima de trabajo será de 1.797 horas en cómputo anual, siendo la jornada ordinaria de 40 horas semanales de trabajo efectivo de lunes a sábado.
En cualquier caso, las jornadas máximas diarias y semanales respetarán lo dispuesto en el
artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, en su redacción actual o conforme resulte de
futuras modificaciones.
Cuando la jornada diaria sea continuada y exceda de 6 horas, las personas trabajadoras
dispondrán de un período de descanso de 30 minutos, que se considerará tiempo de trabajo
efectivo, y que se podrá distribuir en dos períodos.
El personal que realice jornada partida tendrá derecho a un descanso mínimo de dos horas
entre la jornada de mañana y de tarde.
Cuando la jornada laboral se realice en domingo o festivo, el trabajador tendrá derecho a la
compensación en descanso de una hora y quince minutos por cada hora realizada.
Artículo 7. Jornada irregular.
Teniendo en consideración que la actividad desarrollada es la de una producción agrícola
directamente condiciona por la climatología, generando días de alto nivel y otros de bajo nivel de actividad y la naturaleza perecedera de los productos que se manejan, que exigen su
manipulación en tiempos concretos, se pacta expresamente que las personas trabajadoras se
adaptarán a las necesidades de la empresa para hacer frente a la producción, teniendo siempre en consideración el límite de la jornada legal dentro del cómputo anual pactado.