Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061111)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo para las personas trabajadoras de la Agrupación de Cooperativas Valle del Jerte.
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

22663

6. Falta de higiene y limpieza personal ocasional.
7. No comunicar a la empresa los cambios de domicilio.
8. D
 iscutir con los/as compañeros/as durante la jornada laboral. Si se produjera alteración
del orden laboral o trascendiera al público podría considerarse falta grave o muy grave.
9. La embriaguez ocasional.
B) Faltas graves:
1. Más de tres faltas no justificadas de puntualidad en la asistencia al trabajo.
2. Ausencia sin causa justificada por dos días.
3. Entregarse a juegos o distracciones en horas de servicio.
4. N
 o atender al público con la corrección y diligencia debidas sin pérdida de cliente por
ese motivo.
5. D
 esobediencia a la Dirección de la empresa o a quienes se encuentren con facultades de
dirección u organización en el ejercicio regular de sus funciones en cualquier materia de
trabajo. Si la desobediencia fuese reiterada o implicase quebranto manifiesto de la disciplina en el trabajo o de ella se derivase perjuicio para la empresa o para las personas
podrá ser calificada como falta muy grave.
6. Simular la presencia de otro trabajador/a fichando, contestando o firmando por él/ella.
7. La negligencia o desidia en el trabajo que afecte a la buena marcha del servicio.
8. I ncumplimiento de las órdenes o la inobservancia de las normas en materia de seguridad e higiene en el trabajo, así como en la prevención de riesgos laborales, cuando las
mismas supongan riesgo grave para el trabajador/a, compañeros/as o terceros.
9. Fumar en las instalaciones de la empresa.
10. Utilización del teléfono móvil personal para comunicaciones de cualquier tipo no relacionadas con el trabajo, sin la debida autorización.
11. La imprudencia en acto de servicio. Si implicase riesgo de accidente para el trabajador/a
o sus compañeros/as o peligro de avería para las instalaciones podrá ser considerada
como muy grave.