Consejería De Educación Y Empleo. Licencias Por Estudios. (2023061152)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los Cuerpos docentes no universitarios, del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración Educativa y del Cuerpo de Inspectores de Educación dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

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maciones que considere o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, así como los
errores advertidos en la documentación acreditativa de los méritos alegados.
Una vez estudiadas las reclamaciones y subsanaciones presentadas se elevarán a definitivas
las listas provisionales por resolución de la Dirección General de Personal Docente. La resolución de las reclamaciones se entenderá efectuada con la publicación de las listas definitivas.
Además de lo anterior, se publicará la relación de las reclamaciones presentadas, con indicación de si han sido estimadas o desestimadas, y en este último supuesto consignado el motivo
de la desestimación.
Octava. Comisión de Valoración.
8.1. Composición de la Comisión de Valoración.
 Para la valoración de las solicitudes se designará una Comisión de Valoración integrada por:
a) Presidencia. Representante de la Dirección General de Personal Docente.
b) Vocales:


— Representante de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa.



— Representante de la Inspección Educativa.



— Representante de la Dirección General de FP y Formación para el Empleo.



— Dos personas funcionarias de la Dirección General de Personal Docente, de las cuales
una ocupará la secretaría.

El personal integrante será nombrado por la Directora General de Personal Docente, y
previa designación por parte de las personas titulares de las Direcciones Generales participantes.
Por cada integrante de dicha comisión, la Directora General de Personal Docente nombrará
una suplencia, en los mismos términos previstos en el apartado anterior.
8.2. Asesorías especialistas.
La Comisión de Selección podrá proponer la incorporación de asesorías especialistas,
siendo sus funciones las de asesoramiento del personal integrante de dicho órgano en la
evaluación de los conocimientos y méritos objeto de su especialidad, limitando su actividad
al ejercicio de dicha competencia. Su designación corresponde a la Dirección General de
Personal Docente.