Consejería De Educación Y Empleo. Licencias Por Estudios. (2023061152)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los Cuerpos docentes no universitarios, del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración Educativa y del Cuerpo de Inspectores de Educación dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023
22684
Apartado 3. Méritos académicos.
Apartado 4. Formación permanente. Las actividades de formación superadas e impartidas que figuren inscritas, en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Apartado 5. Otros méritos.
Para todos los cuerpos, los méritos previstos en los apartados 1, 2, 3 (siempre que la
persona solicitante haya participado en el concurso de traslados 2022/2023), 4 y 5 serán
aportados de oficio por esta Administración educativa. La solicitud web mostrará la información de la que dispone esta Administración en estos apartados, por lo que, en caso de
discrepancia u omisión, deberá aportar la documentación acreditativa de dichos méritos
para que puedan ser valorados.
Las personas participantes habrán de aportar la documentación acreditativa del ingreso tal
y como se establecerá en la aplicación informática habilitada al efecto, sin que tales titulaciones sean computadas como méritos.
6.4. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir
del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de
Extremadura.
Los requisitos establecidos en la base cuarta deberán cumplirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento.
6.5. Órgano al que se dirigirán las solicitudes.
Las solicitudes que presenten las personas interesadas se dirigirán al Servicio de Administración, Registro y Régimen Jurídico de Personal Docente de la Dirección General de
Personal Docente de la Consejería de Educación y Empleo, sita en Avda. de Valhondo, s/n.
Módulo 5 de Mérida (Badajoz).
Séptima. Listado de admitidos y excluidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y revisada la documentación acreditativa
de requisitos y méritos que la acompañe, la Dirección General de Personal Docente expondrá
la relación provisional de personas participantes admitidas y excluidas, indicando la causa de
su exclusión, concediendo un plazo de 10 días hábiles para efectuar vía telemática las recla-
Lunes 10 de abril de 2023
22684
Apartado 3. Méritos académicos.
Apartado 4. Formación permanente. Las actividades de formación superadas e impartidas que figuren inscritas, en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Apartado 5. Otros méritos.
Para todos los cuerpos, los méritos previstos en los apartados 1, 2, 3 (siempre que la
persona solicitante haya participado en el concurso de traslados 2022/2023), 4 y 5 serán
aportados de oficio por esta Administración educativa. La solicitud web mostrará la información de la que dispone esta Administración en estos apartados, por lo que, en caso de
discrepancia u omisión, deberá aportar la documentación acreditativa de dichos méritos
para que puedan ser valorados.
Las personas participantes habrán de aportar la documentación acreditativa del ingreso tal
y como se establecerá en la aplicación informática habilitada al efecto, sin que tales titulaciones sean computadas como méritos.
6.4. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir
del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de
Extremadura.
Los requisitos establecidos en la base cuarta deberán cumplirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento.
6.5. Órgano al que se dirigirán las solicitudes.
Las solicitudes que presenten las personas interesadas se dirigirán al Servicio de Administración, Registro y Régimen Jurídico de Personal Docente de la Dirección General de
Personal Docente de la Consejería de Educación y Empleo, sita en Avda. de Valhondo, s/n.
Módulo 5 de Mérida (Badajoz).
Séptima. Listado de admitidos y excluidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y revisada la documentación acreditativa
de requisitos y méritos que la acompañe, la Dirección General de Personal Docente expondrá
la relación provisional de personas participantes admitidas y excluidas, indicando la causa de
su exclusión, concediendo un plazo de 10 días hábiles para efectuar vía telemática las recla-