Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061046)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) para la realización del Proyecto "5041_COMPUTAEX Desarrollo Proyectos de Investigación en Supercomputación - Proyecto MILIAC" en el ejercicio 2023.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023
22300
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula undécima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) E
l incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio así como en las instrucciones del Anexo II.
2. E
l grado de incumpimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se
haya ejecutado o no se haya justificado correctamente conforme al Anexo II. A ese tenor,
se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución
mínima equivalente al 50 % del importe total de la misma, procediendo el reintegro parcial,
de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá el reintegro total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución
mínimo resulte inferior al 50% de la cuantía total de la transferencia.
3. E
n caso de que no se hayan ejecutado o no se hayan justificado las tareas que integran
cada una de las actividades, se procederá a la disminución directamente proporcional de
las mismas. Para ello, se tendrá en cuenta el número de tareas efectivamente ejecutadas
y/o justificadas sobre el total de tareas que componen cada actividad.
4. D
e no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determien, se acudirá a la vía
ejecutiva.
Octava. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de la Fundación COMPUTAEX, designados por quienes suscriben el presente convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de la Fundación COMPUTAEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
Lunes 10 de abril de 2023
22300
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula undécima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) E
l incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio así como en las instrucciones del Anexo II.
2. E
l grado de incumpimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se
haya ejecutado o no se haya justificado correctamente conforme al Anexo II. A ese tenor,
se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución
mínima equivalente al 50 % del importe total de la misma, procediendo el reintegro parcial,
de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá el reintegro total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución
mínimo resulte inferior al 50% de la cuantía total de la transferencia.
3. E
n caso de que no se hayan ejecutado o no se hayan justificado las tareas que integran
cada una de las actividades, se procederá a la disminución directamente proporcional de
las mismas. Para ello, se tendrá en cuenta el número de tareas efectivamente ejecutadas
y/o justificadas sobre el total de tareas que componen cada actividad.
4. D
e no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determien, se acudirá a la vía
ejecutiva.
Octava. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de la Fundación COMPUTAEX, designados por quienes suscriben el presente convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de la Fundación COMPUTAEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.