Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023061154)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

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Si la solicitud se presentara presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica.
2. L
 as entidades presentarán una única solicitud (en modelo normalizado de acuerdo según
el anexo II) con el proyecto cuya financiación soliciten.
3. S
 i el proyecto presentado no correspondiera con el objeto de la Modalidad a la que se presenta la solicitud, ésta se dará por inadmitida, procediendo al archivo de la misma dentro
de la convocatoria correspondiente.
4. L
 a entidad interesada deberá disponer de certificado electrónico expedido por entidad
prestadora del servicio de certificación reconocida por la Junta de Extremadura y que sea
compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Los sistemas de firmas admitidos a través de medios electrónicos son los establecidos
en el artículo 10.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. L
 as entidades prestadoras del servicio al que se refiere el apartado anterior reconocidas por
la Junta de Extremadura figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
6.La documentación que deba acompañar a la solicitud se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud a través del registro electrónico de la Junta de Extremadura sin
perjuicio de la posibilidad de que la Administración pueda requerir al particular la exhibición
del documento o de la información original en los términos previstos en el artículo 28.5 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
7. L
 as entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que
presenten y de la fidelidad de las copias digitalizadas con los documentos originales. La
presentación telemática no exime a las beneficiarias de las obligaciones de conservar los
originales de la documentación presentada por si les fueran requeridos posteriormente por
el órgano gestor de las subvenciones o al realizar las actividades de control legalmente
previstas hasta la total prescripción de los derechos de la Administración concedente.
8. E
 n el caso en que los medios tecnológicos indicados anteriormente no estuviesen disponibles, por algún tipo de incidencia de carácter técnica, sobre lo cual se dará adecuada
información en el apartado correspondiente de la sede electrónica corporativa, la solicitud
deberá presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009,
de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Admi-