Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023061154)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

22749

Cuarto. Financiación.
1. L
 a financiación de las ayudas recogidas en la presente convocatoria están financiadas al
100% por el Ministerio de Igualdad con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de
la aplicación presupuestaria 30.02.232C.450. “Actuaciones para la prevención integral de
la violencia de género” y se efectuará con cargo a los créditos correspondientes para el
ejercicio presupuestario 2023 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura en las siguientes aplicaciones presupuestarias, centro gestor 170010000:
a) Posición Presupuestaria G/253A/48000, fondo TE25006001 y proyecto 20210034 con
una dotación inicial para la presente anualidad de 200.000,00 euros.
Sin perjuicio de los incrementos crediticios que puedan realizarse a lo largo del mismo, de
conformidad con lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en concreto en el artículo 23.2.h), se podrá aumentar la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas
hasta un 20% de la cuantía inicial o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito o se trate de créditos
declarados ampliables siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad
de abrir una nueva convocatoria.
2. C
 uando en la Convocatoria que se apruebe y publique para los proyectos encuadrados dentro de la Modalidad B: Proyectos de Intervención Directa en materia de Violencia de Género, no se agote la cuantía máxima prevista para dichas ayudas, el crédito sobrante podrá
imputarse al resto de proyectos presentados al amparo de esta Convocatoria (Modalidad
A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género) y que no hayan
obtenido subvención por agotamiento del crédito asignado a dicha Modalidad teniendo en
cuenta que se seguirá estrictamente el orden de mayor puntuación obtenida en la valoración entre todos los proyectos presentados que no obtuvieron en su momento subvención
por agotamiento del crédito asignado a dicha Modalidad.
E
 n caso de empate, se seguirá el orden de registro de entrada de la solicitud entre todos
aquellos proyectos presentados que no obtuvieron en su momento subvención por agotamiento del crédito asignado a dicha Modalidad.
Quinto. Forma y Plazo de presentación de solicitudes.
1. L
 as solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo y se presentarán de forma telemática, en el plazo de 7 días hábiles
en modelo normalizado según el anexo II de la presente Convocatoria a través del registro
electrónico de la Junta de Extremadura, accesible desde la sede electrónica de la Junta de Extremadura en la dirección https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf