Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023061154)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

22763

Decimoquinto. Propuesta de resolución.
1. E
 l órgano instructor, a la vista del contenido del expediente y del informe vinculante de
la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, que deberá
expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención
y su cuantía dentro de la convocatoria, la puntuación obtenida y los criterios de valoración
seguidos para efectuarla, así como la propuesta de desestimación fundamentada del resto
de solicitudes.
2. L
 a propuesta de resolución provisional se publicará en la página web de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es/) y habilitará un plazo de diez hábiles desde la publicación para que las entidades interesadas puedan presentar las alegaciones que consideren
oportunas.
3. S
 e podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni
sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que
las aducidas por la entidad interesada. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el
carácter de definitiva.
4. C
 uando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades que haya de desarrollar el solicitante y el importe de la subvención a conceder sea inferior al que figura en
la solicitud, se podrá instar a la entidad beneficiaria a la reformulación de la solicitud para
ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, siempre con anterioridad
a la propuesta de resolución definitiva y cuando se prevea asimismo en la convocatoria.
Cuando la reformulación solicitada obtenga la conformidad de la comisión de valoración se
incluirá en la propuesta de resolución definitiva.
En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y
finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración.
5. I nstruido el procedimiento, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva, publicándose con efecto de notificación en la página web de la Junta de Extremadura
(https://www.juntaex.es/) para que, en el plazo de diez días desde la publicación en la
referida página web, comuniquen aceptación expresa, entendiendo que, si ésta no se comunica, se considerará que la propuesta como entidad beneficiaria desiste de su solicitud.
6. L
 a propuesta de resolución en ningún caso supone la creación de derecho alguno a favor de
la entidad beneficiaria, mientras no se haya publicado la resolución de la concesión.