Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2023061063)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2023, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para programas de reinserción social de personas con problemas de conductas adictivas.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

22388

— 224.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D460 y al código de
proyecto de gasto 20210157.
— 117.334,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D470 y al código de
proyecto de gasto 20210157.
— 158.666,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D480 y al código de
proyecto de gasto 20210157.
2. L
 a cuantía inicialmente prevista podrá aumentarse, sin sujeción a las limitaciones establecidas en el apartado 4 del artículo 3 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, por el que se
establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño
de Salud, con el límite de los créditos consignados en el presupuesto de gasto de 2023.
En los supuestos en que no se efectúen las modificaciones correspondientes y se produzca el agotamiento del crédito consignado en esta convocatoria, se declarará terminado el
plazo de vigencia de la misma por resolución de la persona titular de la Secretaría General
de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. A tales efectos, se publicará el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con
la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
3. L
 a presente actividad se encuentra cofinanciada en un porcentaje del 80% por el Fondo Social Europeo, teniendo como finalidad la integración para colectivos en riesgo de exclusión
del mercado de trabajo, encuadrada en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo
2014-2020, en el que se contemplan medidas referentes a facilitar el acceso al mercado de
trabajo de colectivos desfavorecidos en el Eje prioritario 2D: Promover la inclusión social,
luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación en regiones menos desarrolladas; en el objetivo temático OT9. Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza
y cualquier forma de discriminación; y Prioridad de inversión 9i (9.1) Inclusión activa, en
particular para promover la igualdad de oportunidades y la participación activa y mejorar
la empleabilidad.
Todo ello vinculado al objetivo específico 09.1.1.- Mejorar la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados de inserción.
Séptimo. Gastos subvencionables.
1. Los gastos subvencionables son:
a. En el caso de las letras a), b) y c) apartado 1 del ordinal segundo de la presente resolución de convocatoria, el coste del salario mínimo interprofesional fijado para el año