Consejería De Educación Y Empleo. Concurso. (2023061190)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca proceso de movilidad del profesorado de religión que presta servicios en centros educativos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 66

21482

Miércoles 5 de abril de 2023

RESUELVO:
Convocar proceso de movilidad del profesorado de religión que presta servicios en centros
educativos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo conforme a las
siguientes bases,
Primera. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto convocar proceso de movilidad del profesorado de
religión que presta servicios en centros educativos públicos dependientes de la Consejería
de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura.
2. E
 l proceso de movilidad se convoca, de acuerdo con las especificaciones que se citan en la
presente resolución, para la provisión de puestos de profesorado de religión dependientes
de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura de los siguientes niveles educativos:
— Educación Primaria.
— Educación Secundaria Obligatoria.
La obtención de un nuevo puesto por el personal que participe en el procedimiento anual
convocado supondrá la correspondiente modificación del contrato indefinido.
Segunda. Puestos convocados.
2.1. Las plazas que se convocan serán al menos, las vacantes existentes, en las plantillas de
los centros publicadas en los anexos II, III y IV de esta Resolución y las resultas que se
originen en cada nivel educativo en la resolución del proceso de movilidad.
2.2. La movilidad del profesorado de religión católica queda inicialmente circunscrita al ámbito
territorial de actuación de la diócesis en la que se presta servicios. No obstante, cuando
el personal solicite puestos ubicados en diócesis distintas a aquélla en cuyo territorio
presta servicios, deberá obtener también la propuesta favorable de la diócesis a la que
corresponda dicho puesto.
2.3. La movilidad del profesorado de religión evangélica queda inicialmente circunscrita al
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercera. Participación obligatoria.
Deberá participar obligatoriamente en este procedimiento el profesorado de religión con contrato laboral indefinido, que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: