Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2023061029)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del programa de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, al amparo de la Orden de 18 de diciembre de 2020, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023

22093

4. La concesión de la ayuda será resuelta y notificada individualmente a los solicitantes.
5. N
 o será necesaria la publicación de la concesión de estas ayudas por entender que dicha
publicación puede ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, la intimidad personal y
familiar de las personas físicas.
Vigesimosegundo. Obligaciones de las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables beneficiarias de la solución habitacional.
Son obligaciones de las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables
beneficiarias de la solución habitacional las siguientes:
a) Destinar la vivienda puesta a su disposición por la entidad beneficiaria o, en otro caso, la
vivienda arrendada por ellas mismas u otro alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada en régimen de alquiler, de cesión de uso o cualquier otro régimen
de ocupación temporal admitido en derecho, cuya renta se subvenciona, a residencia
habitual y permanente durante las mensualidades a que se refiera la ayuda concedida.
b) Comunicar en el plazo máximo de diez días hábiles al órgano directivo competente en
materia de vivienda cualquier modificación de las condiciones o requisitos que pudiera
dar lugar a la modificación o extinción de la ayuda una vez reconocida.
Vigesimotercero. Régimen de compatibilidad de la solución habitacional.
1. E
 l derecho al abono del coste de la solución habitacional reconocido a las mujeres víctimas
de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin
hogar y otras personas especialmente vulnerables es incompatible con las ayudas complementarias al alquiler de viviendas reguladas en el Decreto 92/2018, de 19 de junio, por el
que se establecen las bases reguladoras de las ayudas complementarias al alquiler de viviendas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se modifican el Decreto 115/2006,
de 27 de junio, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 46/2017, de 12
de abril, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas
en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la rehabilitación edificatoria y la
regeneración y renovación urbanas 2013-2016, prorrogado por una anualidad en virtud
del Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre y con las ayudas para suministros mínimos
vitales reguladas en el Decreto 202/2016, de 14 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Junta de Extremadura a los
municipios de la región para la financiación de las ayudas para suministros mínimos vitales.