Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Igualdad De Género. Subvenciones. (2023061155)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2023.
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NÚMERO 65

21061

Martes 4 de abril de 2023

pendientes de la misma, previa autorización por el Consejo de Gobierno cuando la cuantía de
la convocatoria supere los 900.000 euros.
En la presente resolución se recogen las disposiciones recogidas en las Leyes 4/2022, de 27
de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura y 5/2022, de 25 de
noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía
y para la prestación útil de los servicios públicos, que afectan a los procedimientos administrativos que rigen la concesión de subvenciones.
Por todo los expuesto, de acuerdo con la propuesta de resolución formulada por el Instituto
de la Mujer de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. Mediante la presente resolución se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023, de las
ayudas destinadas a desarrollar programas relacionados con la consecución del principio
de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, en régimen de concurrencia competitiva.
2. L
 a presente convocatoria se regirá por las normas contenidas en la Orden de 24 de agosto
de 2021 (DOE n.º 169, de 1 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones destinadas a las asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, así como por lo
dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y demás normativa de aplicación.
Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos generales.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas asociaciones de mujeres, agrupaciones y
federaciones de asociaciones de mujeres que cumplan los siguientes requisitos:
1. T
 ener en sus estatutos como finalidad la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. L
 as asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres han de estar inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura al menos
un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria
a la que concurran.