Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Igualdad De Género. Subvenciones. (2023061155)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2023.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

21060

CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO

RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que
se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería
de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo
de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones
de acceso al juego a través de su interconexión automatizada. (2023061155)
Mediante Orden 24 de agosto de 2021, (DOE n.º 169, de 1 de septiembre) se establecen las
bases reguladoras, que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de
oportunidades, entre mujeres y hombres.
El artículo 4 de la citada orden, establece que el procedimiento de concesión de las ayudas se
efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, de conformidad con el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, iniciándose de oficio mediante resolución de la persona titular de
la Secretaría General de la Consejería competente en materia de Igualdad.
El artículo 71 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y
contra la violencia de género en Extremadura previene que los poderes públicos promoverán
el asociacionismo de las mujeres del ámbito rural para contribuir a una igualdad de oportunidades real entre mujeres y hombres.
En virtud de lo expuesto, en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de mujer
a la Consejería de Igualdad y Cooperación para el desarrollo en el artículo 3 del Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y del Decreto 139/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, a través del cual
se adscribe el Instituto de la Mujer de Extremadura a dicha Consejería.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por la Ley
5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, el Procedimiento para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se inicia siempre de
oficio mediante la convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas o de-