Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Igualdad De Género. Subvenciones. (2023061155)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres, destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres correspondiente al año 2023.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023

21070

Dicho plazo podrá suspenderse de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido los plazos anteriores sin que se haya dictado y notificado
resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio administrativo de conformidad
con lo previsto en el artículo 22.5 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. F
 rente a la resolución del procedimiento, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados en el procedimiento podrán interponer recurso de alzada, con los requisitos,
forma y efectos previstos en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, ante la persona titular de la Consejería de Igualdad y Cooperación al Desarrollo, a la que actualmente se encuentra adscrito el Instituto de la Mujer
de Extremadura.
Decimoquinto. Notificación y publicidad.
1. La resolución por la cual se resuelve el procedimiento será notificada individualmente y por
medios electrónicos a cada una de las entidades solicitantes.
Excepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
2. Se dará publicidad de las ayudas concedidas con indicación del programa de ayudas y
crédito presupuestario al que se imputan, beneficiarios, cantidad concedida y finalidad de la
subvención mediante la publicación de la correspondiente relación en el Diario Oficial de Extremadura, en la Base de Datos nacional de Subvenciones, en el Portal de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y de
la Participación ciudadana en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura, y en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo.
Decimosexto. Modificación de la resolución de la ayuda.
1. S
 erán causas que puedan dar lugar a la modificación de la resolución de concesión de la
ayuda, de acuerdo con el artículo 18.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en su caso, de
su importe, además de la obtención concurrente de otras aportaciones, las alteraciones del
contenido del proyecto presentado por la entidad beneficiaria que supongan modificaciones
de las actividades programadas, así como en la forma y plazos de ejecución del proyecto,
con el límite del 40% del coste del proyecto presentado. En cualquier otro caso se aplicará
el régimen establecido para supuestos de incumplimiento.