Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061115)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión automatizada
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023
21013
Autónoma de Extremadura, y su correcto tratamiento con vistas a su incorporación en el
RGIAJ, debiendo realizar las acciones necesarias para recuperar aquella información no
tratada en caso de error.
L
a Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete:
1. A la utilización de los servicios ofrecidos por la DGOJ, a través de la Plataforma de Intermediación, al objeto de realizar la descarga de actualizaciones del RGIAJ.
S
erá responsabilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura asegurar, a través de
los medios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación, la integridad de la información
recibida y su correcta inserción en sus sistemas de información, debiendo realizar las
acciones necesarias para recuperar aquellos registros no tratados en caso de error.
2. A la remisión de la información actualizada a través de la Plataforma de Intermediación
sobre las inscripciones en su registro que vayan a inscribirse también en el RGIAJ, así
como las solicitudes de modificación o cancelación de aquellas, en el plazo de tres días
hábiles desde el siguiente a aquel en que se hubiera producido la correspondiente inscripción, modificación o cancelación en su registro de prohibidos, a través de los medios
ofrecidos por dicha Plataforma. A estos efectos, la Comunidad Autónoma de Extremadura
deberá tratar los mensajes de error devueltos por el sistema al objeto de asegurarse de
que la información ha sido correctamente traslada a la DGOJ, debiendo establecer los
mecanismos de corrección correspondientes que aseguren su recepción por aquella.
En caso de que, por razones motivadas, la Comunidad Autónoma de Extremadura, no haya
puesto en marcha el uso efectivo de la Plataforma de Intermediación para remitir la información, esta podrá remitir la información relativa a sus actos de inscripción, modificación o
cancelación en su registro de prohibidos realizados con posterioridad a la entrada en vigor
de este convenio, en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a aquel que se
hubiera producido el correspondiente acto de inscripción, modificación o cancelación, por
otros medios que garanticen la integridad de la información remitida.
L
a DGOJ y la Comunidad Autónoma de Extremadura se comprometen a realizar las siguientes actuaciones relacionadas con la Plataforma de Intermediación:
1. A cursar la solicitud de utilización de los servicios electrónicos para la interconexión
prevista en esta cláusula a través de los mecanismos establecidos a tal efecto en la Plataforma de Intermediación.
2
.A
utilizar los servicios horizontales de autenticación, transmisión y verificación de identidad proporcionados por la Plataforma de Intermediación, para lo cual ambas partes
Martes 4 de abril de 2023
21013
Autónoma de Extremadura, y su correcto tratamiento con vistas a su incorporación en el
RGIAJ, debiendo realizar las acciones necesarias para recuperar aquella información no
tratada en caso de error.
L
a Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete:
1. A la utilización de los servicios ofrecidos por la DGOJ, a través de la Plataforma de Intermediación, al objeto de realizar la descarga de actualizaciones del RGIAJ.
S
erá responsabilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura asegurar, a través de
los medios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación, la integridad de la información
recibida y su correcta inserción en sus sistemas de información, debiendo realizar las
acciones necesarias para recuperar aquellos registros no tratados en caso de error.
2. A la remisión de la información actualizada a través de la Plataforma de Intermediación
sobre las inscripciones en su registro que vayan a inscribirse también en el RGIAJ, así
como las solicitudes de modificación o cancelación de aquellas, en el plazo de tres días
hábiles desde el siguiente a aquel en que se hubiera producido la correspondiente inscripción, modificación o cancelación en su registro de prohibidos, a través de los medios
ofrecidos por dicha Plataforma. A estos efectos, la Comunidad Autónoma de Extremadura
deberá tratar los mensajes de error devueltos por el sistema al objeto de asegurarse de
que la información ha sido correctamente traslada a la DGOJ, debiendo establecer los
mecanismos de corrección correspondientes que aseguren su recepción por aquella.
En caso de que, por razones motivadas, la Comunidad Autónoma de Extremadura, no haya
puesto en marcha el uso efectivo de la Plataforma de Intermediación para remitir la información, esta podrá remitir la información relativa a sus actos de inscripción, modificación o
cancelación en su registro de prohibidos realizados con posterioridad a la entrada en vigor
de este convenio, en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a aquel que se
hubiera producido el correspondiente acto de inscripción, modificación o cancelación, por
otros medios que garanticen la integridad de la información remitida.
L
a DGOJ y la Comunidad Autónoma de Extremadura se comprometen a realizar las siguientes actuaciones relacionadas con la Plataforma de Intermediación:
1. A cursar la solicitud de utilización de los servicios electrónicos para la interconexión
prevista en esta cláusula a través de los mecanismos establecidos a tal efecto en la Plataforma de Intermediación.
2
.A
utilizar los servicios horizontales de autenticación, transmisión y verificación de identidad proporcionados por la Plataforma de Intermediación, para lo cual ambas partes