Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061115)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión automatizada
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NÚMERO 65
Martes 4 de abril de 2023
21012
Quinta. Compromisos de la DGOJ y de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
lo que respecta a la Plataforma de Intermediación.
La DGOJ se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
1. L
a DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Extremadura los servicios
electrónicos que, utilizando los medios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación, permitan automatizar la conectividad entre los distintos sistemas de información de los correspondientes responsables administrativos de los registros de prohibidos implicados en la
gestión de las comunicaciones interadministrativas de nuevas inscripciones, modificaciones
o cancelaciones en los distintos registros.
A
estos efectos, la DGOJ será la responsable, con el apoyo de los servicios de la Plataforma
de Intermediación, de mantener en todo momento actualizada la documentación y especificación de los servicios electrónicos, disponible en el área de descargas de la Plataforma
de Intermediación. Cualquier cambio que deba realizarse en los mismos será previamente
consensuado con la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo un calendario de
implantación y asegurando, en la medida de lo posible, la ausencia de interrupciones en el
servicio.
2. L
a DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el formato
especificado en las características técnicas del servicio, el servicio electrónico que permitirá
la actualización de la información de las inscripciones, modificaciones y cancelaciones de
prohibidos recogidos en el RGIAJ, con vistas a su descarga por la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Una vez que la Comunidad Autónoma de Extremadura proceda a formalizar la descarga en
la Plataforma de Intermediación de las actualizaciones de los datos contenidos en el RGIAJ,
la DGOJ inhabilitará la aplicación web de descarga manual de actualizaciones del RGIAJ.
En todo caso, previa petición de la Comunidad Autónoma de Extremadura o por razones
de servicio, el sistema manual podrá habilitarse, suponiendo la interrupción del servicio de
descarga de la actualización de la información contenida en el RGIAJ por el tiempo que se
tenga activa la descarga manual.
3. L
a DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Extremadura a través de la
Plataforma de Intermediación, los servicios necesarios para el envío, por la Comunidad Autónoma de Extremadura, de las inscripciones, modificaciones y cancelaciones practicadas
en su registro autonómico de prohibidos.
S
erá responsabilidad de la DGOJ asegurar, a través de los medios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación, la integridad de la información que provenga de la Comunidad
Martes 4 de abril de 2023
21012
Quinta. Compromisos de la DGOJ y de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
lo que respecta a la Plataforma de Intermediación.
La DGOJ se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
1. L
a DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Extremadura los servicios
electrónicos que, utilizando los medios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación, permitan automatizar la conectividad entre los distintos sistemas de información de los correspondientes responsables administrativos de los registros de prohibidos implicados en la
gestión de las comunicaciones interadministrativas de nuevas inscripciones, modificaciones
o cancelaciones en los distintos registros.
A
estos efectos, la DGOJ será la responsable, con el apoyo de los servicios de la Plataforma
de Intermediación, de mantener en todo momento actualizada la documentación y especificación de los servicios electrónicos, disponible en el área de descargas de la Plataforma
de Intermediación. Cualquier cambio que deba realizarse en los mismos será previamente
consensuado con la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo un calendario de
implantación y asegurando, en la medida de lo posible, la ausencia de interrupciones en el
servicio.
2. L
a DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el formato
especificado en las características técnicas del servicio, el servicio electrónico que permitirá
la actualización de la información de las inscripciones, modificaciones y cancelaciones de
prohibidos recogidos en el RGIAJ, con vistas a su descarga por la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Una vez que la Comunidad Autónoma de Extremadura proceda a formalizar la descarga en
la Plataforma de Intermediación de las actualizaciones de los datos contenidos en el RGIAJ,
la DGOJ inhabilitará la aplicación web de descarga manual de actualizaciones del RGIAJ.
En todo caso, previa petición de la Comunidad Autónoma de Extremadura o por razones
de servicio, el sistema manual podrá habilitarse, suponiendo la interrupción del servicio de
descarga de la actualización de la información contenida en el RGIAJ por el tiempo que se
tenga activa la descarga manual.
3. L
a DGOJ pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma de Extremadura a través de la
Plataforma de Intermediación, los servicios necesarios para el envío, por la Comunidad Autónoma de Extremadura, de las inscripciones, modificaciones y cancelaciones practicadas
en su registro autonómico de prohibidos.
S
erá responsabilidad de la DGOJ asegurar, a través de los medios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación, la integridad de la información que provenga de la Comunidad